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Congreso aprueba reforma constitucional para levantar secreto bancario y reserva tributaria

Congreso aprueba reforma constitucional para levantar secreto bancario y reserva tributaria

Pleno del congreso aprobó, en primera votación, la reforma constitucional para que la SBS y la Contraloría puedan levantar el secreto bancario y reserva tributaria. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de junio 2021

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Congreso aprobó, en primera votación, el dictamen recaído en los proyectos de ley 5643, 5829 y 7451/2020-CR, que proponen la ley de reforma constitucional que fortalece la lucha anticorrupción en el marco del levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria.

Se propone modificar el artículo 2.5 de la Constitución a fin de integrar como sujetos facultados a levantar el secreto bancario y la reserva tributaria al Contralor General y al Superintendente de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. El cambio sería el siguiente:

«Constitución Política del Perú. Artículo 2.- Toda persona tiene derecho:

(…)

4. Del Contralor General de la República respecto de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste, en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control.

5. Del Superintendente de Banca, Seguros y AFP para los fines específicos de la inteligencia financiera.

El levantamiento de estos derechos fundamentales se efectúa de acuerdo a ley, que incluye decisión motivada y bajo responsabilidad de su titular”.

Así, el dictamen aprobado pretende integrar a la lista de funcionarios facultados para levantar el secreto bancario y de la reserva tributaria, al Contralor General de la República en el marco del control gubernamental, y al Superintendente de la SBS no sólo en el marco de sus fines de supervisión sino también de investigación y análisis financiero a cargo de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Cabe recordar que para que el Contralor General acceda al secreto bancario y reserva tributaria de determinado sujeto pasible de control gubernamental, debe formular el pedido de levantamiento ante el juez penal competente (Cuarta Disposición Final de la Ley 27785). Lo cual es considerado por el Congreso un obstáculo en el marco de las acciones de control toda vez que los trámites precisan demoras y retrasos ante el Poder Judicial.

Asimismo, en el marco de las funciones de investigación y análisis financiero de la SBS, a cargo de su Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dicha unidad para acceda al secreto bancario y reserva tributaria debe requerir el pedido de levantamiento ante el juez penal competente. Así, lo que se pretende esta reforma, es que sea el Superintendente de la SBS quien directamente requiera dicha información conforme lo viene haciendo para efectos de su función de supervisión.

Si bien el congreso proclama que la reforma es un avance fundamental en la lucha contra la corrupción, será necesario esperar a la siguiente legislatura ordinaria para su segunda votación.


Descargue el dictamen AQUÍ.

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