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Universitario de Deportes: Acreedores no podrán vender sus activos

Universitario de Deportes: Acreedores no podrán vender sus activos

Publican ley que suspende convocatoria, realización y ejecución de acuerdos de la junta de acreedores para clubes sometidos a procedimientos concursales. Asimismo, prohíben la enajenación de activos de los clubes.

Por Redacción Laley.pe

jueves 15 de julio 2021

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El Congreso aprueba, por insistencia, ley que establece medidas excepcionales y transitorias destinadas a aseguras la actividad concursal de reestructuración de los clubes de futbol.

Así, la Ley Nº 31279 suspende los efectos de las leyes que regulan la reestructuración económica de la actividad futbolística con el fin de apoyarla a través de la adopción oportuna de las medidas definitivas para su saneamiento económico y protección de su patrimonio.

Asimismo, se suspende provisionalmente los procedimientos concursales de clubes de fútbol profesionales sometidos bajo proceso especial u ordinario, por lo que las convocatorias, realización y ejecución de acuerdos de las juntas de acreedores quedan aplazadas, así como el ejercicio y facultades administrativas concursales designadas.

Por otro lado, informe legal de la Cámara de Comerio señala que queda prohibida la enajenación de los activos tangibles e intangibles, manteniendo inalterable su patrimonio.

Cabe resaltar que la Sunat será la encargada de ejercer de manera provisional la presidencia de la junta de acreedores únicamente para fines administrativos y correspondencia.

Lea también: Proyecto de Ley N° 6863/2020-CR: ¿Salida a la crisis o condonación de deuda?

De igual modo, la autoridad se encargará de designar a la persona natural o jurídica que se encargue de ejercer el cargo de administrador provisional con plenas atribuciones y facultades de representación legal, esto mientras no se haya adquirido por terceros la mayoría simple de acreencias concursales tributarias.

Cabe mencionar que los clubes Cienciano, Alianza Lima y FBC Melgar señalaron que esta norma no los afectará debido a que los acreedores de dichas instituciones cuentan con la mayoría simple de acreencias tributarias.

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