El Gobierno promulgó la ley que declara el 6 de agosto como feriado nacional, en todas las entidades e instituciones públicas, en conmemoración de la Batalla de Junín, Según norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
La Ley Nº31530 modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº713, mediante el cual se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Lea también: Trabajadores que laboren durante feriados de Fiestas Patrias recibirán triple pago
¿Cuáles son los feriados nacionales?
- Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
- Día del Trabajo (1 de mayo)
- San Pedro y San Pablo (29 de junio)
- Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
- Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
- Combate de Angamos (8 de octubre)
- Todos los Santos (1 de noviembre)
- Concepción (8 de diciembre)
- Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
- Navidad del Señor (25 de diciembre)
Lea también: Bruno Pacheco: ¿cuál sería su aporte en investigaciones contra Pedro Castillo y por qué delitos se lo investiga?
Son los ministerios de Educación, de Cultura y de Defensa los que programan las actividades oficiales conmemorativas de la Batalla de Junín y su significación histórica, a cumplirse en las instituciones educativas públicas y privadas y en todas las entidades del sector público.
La presente norma, aprobada por el Congreso de la República, está refrendada por el presidente Pedro Castillo y el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres.
Revise la ley AQUÍ.