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JNJ: Postulantes a jueces y fiscales que certifiquen conocimiento de idiomas nativos tendrán puntos extra

JNJ: Postulantes a jueces y fiscales que certifiquen conocimiento de idiomas nativos tendrán puntos extra

Junta modificó el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales y creo el Registro de Candidatos(as) en Reserva con el propósito de adjudicar plazas vacantes.

Por Redacción Laley.pe

martes 31 de agosto 2021

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Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso modificar el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Acceso Abierto.

Así lo estableció a través de la Resolución N° 525-2021-JNJ, publicada en el diario oficial El Peruano.

Asimismo, la JNJ incorporó el término “candidato en reserva” en el reglamento. Estos candidatos en reserva es serán los postulantes que no habiendo obtenido un cargo como juez/jueza o fiscal titular en el concurso de acceso abierto, opte por inscribirse en el Registro de Candidatos(as) en Reserva, con el propósito de esperar la existencia de una plaza vacante, siempre que se encuentre en el cuadro de aptos.

Los postulante incorporados en el Registro de Candidatos en Reserva, puede ser convocados para cubrir una plaza vacante en calidad de titular de acuerdo a ley y a lo establecido en el presente reglamento.

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 La condición de reserva se mantiene hasta por un año contado a partir de la fecha de publicación del citado registro. Una vez culminado el plazo de un año, vence automáticamente su condición de candidato en reserva.

Los candidatos en reserva deben cumplir con los requisitos legales para ser nombrado juez/jueza o fiscal. Asimismo, debe actualizar la información sobre sanciones disciplinarias, procesos judiciales o procedimientos disciplinarios, remitiendo las resoluciones escaneadas que los sustenten, a través de la Ficha Única en la extranet de la JNJ, cuando se hayan producido cambios en la información contenida en su hoja de vida.

Por otro lado, en relación a las modificaciones de las disposiciones normativas, resalta la “Bonificación por idioma nativo”, el cual advierte que se otorgará una bonificación del diez por ciento (10%) sobre el promedio final al postulante que obtiene calificación aprobatoria en la evaluación del idioma nativo.

Del mismo modo, en relación a la calificación del idioma nativo o extranjero el reglamento ahora dispone que se califican los conocimientos en idiomas acreditados con los certificados expedidos por instituciones especializadas debidamente reconocidas por el Ministerio de Educación, así como los de centros de idiomas de las universidades del país licenciadas por la Sunedu y de aquellos avalados por su respectiva embajada.

Asimismo, puede certificarse el dominio del idioma nativo o extranjero con la constancia de haber aprobado los exámenes de suficiencia nacional o internacionales pertinentes.

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El certificado debe precisar el nivel alcanzado (intermedio o avanzado) en el conocimiento del idioma respectivo; en caso contrario no es calificado. Se asigna puntaje a los estudios de nivel intermedio o avanzado concluidos y a los certificados de suficiencia que acrediten el nivel respectivo.

Si usted quiere conocer más modificaciones del Reglamento puede ingresar AQUÍ.

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