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Las metas del programa de incentivos a la mejora de la Gestión Municipal del año 2022

Las metas del programa de incentivos a la mejora de la Gestión Municipal del año 2022

Mirtha Escajadillo y Alejandro Lagos: “Se debieron diseñar metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal dirigidas a impulsar la reactivación de los negocios dentro de las jurisdicciones municipales, según el rol de los gobiernos locales de promover el desarrollo económico local, con incidencia en las micro y pequeña empresa”.

Por Mirtha Escajadillo y Alejandro Lagos

miércoles 29 de diciembre 2021

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I. Contexto

El Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, en adelante PI, se creó con la Ley Nº29332, y entró en operatividad en el año 2010, siendo una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales y, por objetivos específicos, el mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones que están vinculadas a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales.

El PI premia el compromiso demostrado por las municipalidades provinciales y distritales con la generación de condiciones que contribuyen con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local. En ese sentido, el PI otorga recursos monetarios de manera condicionada al cumplimiento de metas dentro de un periodo determinado y según la clasificación de municipalidades. Asimismo, sobre la base de los resultados obtenidos por las municipalidades en los procesos de evaluación desarrollados durante el año fiscal, se elabora un ranking de cumplimiento de metas PI con la finalidad de destacar y hacer de conocimiento público el desempeño de las municipalidades en el cumplimiento de metas del PI, lo que genera una “sana competencia” entre los gobiernos locales, que buscan generar mayor cantidad de metas cumplidas, así como recursos adicionales.

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Al respecto, a través del Decreto Supremo Nº366-2021-EF, el cual entra en vigencia el 02 de enero de 2022, se han aprobado los procedimientos para el cumplimiento de metas, la asignación de recursos del PI, las metas del año 2022- cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 31 de diciembre de 2022-, la distribución de los recursos por concepto de Bono adicional por el cumplimiento de metas, la metodología de elaboración del índice de posición en el ranking de cumplimiento de metas, y la clasificación de municipalidades del PI del año 2022.

Las municipalidades que cumplen las metas correspondientes al año 2022 reciben recursos en el mes de abril del año 2023, con cargo a los recursos asignados al PI correspondiente al año fiscal 2023; los recursos no transferidos por el incumplimiento de las metas serán distribuidos por concepto de Bono adicional, hasta el mes de abril del año 2023.

A continuación, abordaremos las novedades que trae el PI del año 2022.

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II. Análisis

Lo primero que se advierte es que, a diferencia del año 2021[1], donde se destinaron hasta S/ 600 000 000,00 (seiscientos millones y 00/100 soles) para el financiamiento del PI, el Gobierno para el año 2022 ha autorizado destinar hasta S/ 700 000 000,00 (setecientos millones y 00/100 soles) de acuerdo con la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, lo cual revela que el Gobierno sigue apostando presupuestalmente por este programa para el logro de resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios locales a cargo de las Municipalidades. 

Por otra parte, respecto a la clasificación de municipalidades para el año 2022, en comparación con el 2021, se ha mantenido el número de municipalidades tipo A[2] (74) y B[3] (122) de jurisdicción provincial, así como las de tipo C[4] (42), D[5] (129), E[6] (378), F[7] (509) de jurisdicción distrital; no obstante, hay un aumento de municipalidades distritales tipo G no pertenecientes a ciudades principales, con menos de 35% de población urbana, de 620 a 634.  

Respecto a las metas del PI del año 2022, en comparación con las del 2021, se advierte que se mantienen las referidas a la Meta 1: Fortalecimiento del patrullaje municipal para la mejora de la seguridad ciudadana (aplicable a las municipalidades Tipo A y C y se ha incorporado en las Tipo D); la Meta 2: Fortalecimiento de la administración y gestión del Impuesto Predial (aplicable a las municipalidades Tipo A, B, C, D y E); la Meta 3: Implementación de un sistema integrado de manejo de residuos sólidos municipales (aplicable a las municipalidades Tipo A, B, C, D y E); Meta 4: Acciones para promover la adecuada alimentación, y la prevención y reducción de la anemia (aplicable a las municipalidades Tipo A, C, D y G); Meta 5: Aseguramiento de la calidad y sostenibilidad de la prestación del servicio de agua para consumo humano (aplicable a las municipalidades Tipo B, F y G); y la Meta 6: Regulación del funcionamiento de los mercados de abastos para la prevención y contención del COVID-19 y mejorar el acceso a la alimentación saludable (aplicable a las municipalidades Tipo A, C y D). Asimismo, se aprecia que ha sido eliminada la Meta 7 del año 2021 referida a la Mejora de la competitividad local para el fomento de negocios aplicable a las Municipalidades de Lima Metropolitana, distritales Tipo C, siendo reemplazada en el 2022 por la  Meta 7: Adopción de prácticas mejoradas por productores y productoras de cultivos transitorios para optimizar la producción agrícola, aplicable a Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con menos de 35% de población urbana – distritales Tipo G.

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Conforme se puede apreciar, dado que el PI está muy afianzado en la gestión local a nivel nacional, toda vez que es un programa que se ha sostenido a través de los años gracias a las Políticas de Modernización del Estado, es que el Gobierno Nacional ha considerado pertinente para el año 2022 mantener las metas que procuren afrontar la crisis sanitaria, económica y comercial, acaecidas a consecuencia de la COVID-19.

Asimismo, el Gobierno ha considerado importante seguir la línea del año 2021 y mantener la meta relacionada con el incremento de la recaudación del Impuesto Predial, debido a la baja recaudación del impuesto predial durante tiempos de pandemia, a efectos de asegurar que mejore la gestión de cobranza de fuente subnacional, y que las municipalidades puedan contar con los recursos necesarios para atender los servicios públicos que demanda la población.

Por otro lado, vemos que para el año 2022, se ha vuelto a contemplar la meta relacionada a la regulación del funcionamiento de los mercados de abastos para la prevención y contención de la COVID-19, con el añadido de mejorar el acceso a la alimentación saludable, lo cual se encuentra acorde a la política sanitaria del Gobierno dirigida a combatir el COVID-19 en dichos espacios públicos, y tener un acceso seguro y permanente de alimentos para los consumidores.

Por otro lado, opinamos que hay cierto desacierto en no haber impulsado metas dirigidas a promover la reactivación económica, como la mejora de la competitividad local para el fomento de negocios, considerando que en el contexto actual el país necesita dinamizar la economía con el apoyo de los gobiernos locales frente a la pandemia de la COVID-19 aún latente, como por ejemplo donde se midan resultados en materia de emisión de licencias de funcionamiento, permisos de actividades comerciales, entre otros. Más bien, el Gobierno de turno, ha visto por conveniente atender la limitada adopción de tecnología moderna en la producción agraria nacional, lo cual, si bien es muy adecuado, hubiera sido ideal abarcar todas las actividades económicas que se buscan reactivar y no solo circunscribirlo al ámbito agrario.  

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III. Aporte

El PI debe ser para el año 2022 unos de los bastiones en la consecución de objetivos nacionales, mejorando así la calidad de los servicios públicos locales en beneficio de la población, siendo las metas del año 2022 consistentes con las políticas que viene desplegando el Gobierno para enfrentar las consecuencias de esta crisis sanitaria.

Sin perjuicio de ello, se debieron diseñar metas del PI dirigidas a impulsar la reactivación de los negocios dentro de las jurisdicciones municipales, según el rol de los gobiernos locales de promover el desarrollo económico local, con incidencia en las micro y pequeña empresa, de conformidad con la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el propósito de superar los efectos adversos que deja la pandemia en la economía de la población.

Mirtha Escajadillo Caballero: Abogada por la PUCP. Maestría en Gestión Pública de la UNMSM.

Alejandro Lagos Cabieses: Abogado por la Universidad de Lima. Maestría en Derecho Administrativo Económico de la Universidad del Pacífico.

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[1] De acuerdo al Decreto Supremo N° 397-2020-EF publicado el 21 de diciembre de 2020, modificado por Decreto Supremo N° 001-2021-EF,

[2] Municipalidades pertenecientes a ciudades principales

[3] Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales

[4] Municipalidades de Lima Metropolitana

[5] Municipalidades pertenecientes a otras ciudades principales

[6] Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con más de 70% de población urbana

[7] Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con población urbana entre 35% y 70%.

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