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La debida motivación de las resoluciones judiciales

La debida motivación de las resoluciones judiciales

Orígenes de la debida motivación y posterior desarrollo en nuestra normatividad y judicatura. Actualidad Jurídica realiza un informe especial sobre este tema en su revista Nº337, edición de diciembre 2021. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de enero 2022

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Actualidad Jurídica presenta su revista Nº337 edición de diciembre con el informe especial sobre “La debida motivación de las resoluciones judiciales. Un breve derrotero histórico de sus orígenes y posterior desarrollo en nuestra normatividad y judicatura”, en donde se aborda la figura de la motivación de las resoluciones judiciales, con el propósito de dar a conocer su tratamiento constitucional a lo largo del tiempo hasta la actualidad.

En este sentido, se analiza la aplicación de dicha institución en nuestro ordenamiento jurídico, en conformidad con los pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema. Asimismo, con el objetivo de coadyuvar para que los órganos decisores realicen una adecuada motivación, se plantea una propuesta por tenerse en cuenta en la elaboración de una resolución.

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En materia de Derecho Penal y Derecho Civil

Por otro lado, en su sección de Actualidad penal y procesal penal, se desarrolla un completo informe acerca de la valoración y estándar probatorio penal: diferenciación e incidencia en la problematización de la formulación del estándar; en donde se delimitan las diferencias entre la valoración y el estándar probatorio dentro del sistema de libre valoración de la prueba.

Más adelante, en su sección de Actualidad civil y procesal civil, la posesión en el derecho sucesorio. A nivel de nuestra doctrina y jurisprudencia se discute la posibilidad de que la posesión pueda ser parte del contenido de la herencia. Este hecho es relevante, porque si tal circunstancia fuera posible, el poseedor que ha fallecido sin poder consumar el plazo necesario para prescribir podría transmitir este plazo a sus herederos, quienes podrían consumar la usucapión.

En la sección civil y procesal civil se analiza la Casación Nº2162-2014-Ucayali, señalándose que la posesión como derecho real no es transmisible por herencia.

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Sobre aspectos constitucionales

 

Ahora bien, en la sección constitucional se describe el devenir de la enseñanza del Derecho Constitucional –y del Derecho Procesal Constitucional– en los procedimientos de educación de jueces en las últimas seis décadas realizada por el Poder Judicial y la Academia de la Magistratura.

Se advierte que la capacitación judicial en temas constitucionales –en términos generales– no ha tenido la regularidad esperada, a pesar de los esfuerzos que supone por parte de las dependencias comprometidas con potencializar las capacidades de los magistrados.

Asimismo, enfatiza la necesidad de generar lo que se ha dado en denominar “sentimiento constitucional” en la formación profesional de los jueces.

Derecho Laboral

Finalmente, en la sección laboral se desarrolla el cese y la procedencia de los descuentos al trabajador a raíz de la llegada del virus SARS-CoV-2 a nuestro país.

Por ello, se analiza en qué supuestos podría proceder el descuento por parte del empleador al momento del cese del trabajador, siempre que a este se le haya concedido licencia con goce de haber compensable durante el periodo de emergencia.

Estos y otros contenidos se pueden encontrar en la edición de diciembre de Actualidad Jurídica.

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