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PJ: Jueces y personal administrativo pueden acudir a trabajo presencial con vestimenta semi formal

PJ: Jueces y personal administrativo pueden acudir a trabajo presencial con vestimenta semi formal

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el marco de la progresiva reactivación de las labores jurisdiccionales posterior al aislamiento obligatorio, emitió nuevas medidas administrativas, entre ellas, autorizar a jueces y personal administrativo asistir al centro laboral con vestimenta semi formal. Entérate más en la presente nota. [Resolución Administrativa Nº 000020-2022-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de febrero 2022

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Poder Ejecutivo dispone, a partir del 1 al 15 de febrero de 2022, nuevas medidas administrativas que regirán para los jueces, así como para el personal jurisdiccional y administrativo que laboren en los órganos de emergencia o retornen de vacaciones.

Vestimenta semi formal

A través de la Resolución Administrativa Nº 000020-2022-CE-PJ se estableció que los jueces; así como el personal jurisdiccional y administrativo, quedan autorizados para asistir al centro laboral, con vestimenta semi formal.

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Trabajo remoto

La referida resolución también dispone que las labores en el Poder Judicial se desarrollarán mediante trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos.

Estas se efectuarán en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, y será coordinado con el jefe inmediato.

Trabajo presencial

La Presidencia del Poder Judicial y las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran.

Este se efectuará de las 08:00 a las 13:00 horas; debiéndose complementar la jornada laboral en el día con tres horas de trabajo remoto.

El citado horario de trabajo presencial excepcionalmente puede ser modificado por la Presidencia del Poder Judicial y los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, de acuerdo a la realidad y ubicación geográfica de cada Corte.

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No suspensión de audiencias

La mencionada resolución establece que las audiencias y vistas de causa programadas no serán suspendidas. Estas serán virtuales, aplicándose la normativa impartida para tal efecto, a través del aplicativo Google Meet.

Cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables, excepcionalmente, podrán realizarse de modo presencial, debiéndose dotar a los magistrados y servidores de las medidas de bioseguridad necesarias.

 

 

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