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PJ: Trabajo presencial interdiario se prorroga hasta marzo

PJ: Trabajo presencial interdiario se prorroga hasta marzo

Poder Judicial emitió resolución que prorroga el trabajo presencial interdiario de ocho horas hasta marzo y dicta disposiciones administrativas aplicables a jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo. Entérate más aquí. [Resolución Nº000034-2022-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

martes 15 de febrero 2022

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El Poder Judicial (PJ) dispuso la prórroga de la vigencia del protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nº051 y Nº064-2020-PCM”, y dictó disposiciones administrativas aplicables a jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo.

La prórroga sería del 16 de febrero al 2 de marzo de 2022. Asimismo, a partir del 16 de febrero se dispondrán medidas administrativas, las cuales regirán para los jueces, juezas; así como personal jurisdiccional y administrativo.

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Sobre las modalidades de trabajo

Se establecen dos modalidades de trabajo para el personal jurisdiccional y administrativo; debiéndose formar dos grupos, A y B, de 50% cada uno; a fin de mantener el aforo correspondiente en las sedes judiciales:

– Presencial interdiario, que se efectivizará en la jornada laboral de ocho horas diarias, y una hora de refrigerio que no se computará como parte de la jornada laboral.

– Remoto interdiario, se efectivizará en los días no presenciales, en el horario de ocho horas diarias y acorde a lo indicado en la Versión Nº4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato.

Sobre las medidas de bioseguridad

Para el desarrollo del trabajo presencial interdiario se deberá considerar las medidas que permitan mantener el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela); debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio del Covid-19.

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¿Y el grupo de riesgo?

Se mantiene el trabajo remoto, íntegramente, de los jueces, juezas; así como del personal jurisdiccional y administrativo, que se encuentren en el grupo de riesgo al COVID-19 determinado por ley y debidamente comprobado.

Puede leer y/o descargar la resolución AQUÍ.

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