El Ministerio Público estableció diversas disposiciones a fin del retorno progresivo a las labores presenciales en los distritos fiscales del país.
Ello, mediante la modificación del ‘’Protocolo de retorno progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación al término del estado de emergencia nacional decretado como consecuencia de la covid-19, versión 02’’.
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Modalidad presencial, mixta y remota
La capacidad operativa en los distritos fiscales será como mínimo entre el 40 % a 60 % para la modalidad presencial y mixta. El porcentaje restante se prioriza el trabajo remoto.
La capacidad operativa podrá ser mayor para los casos urgentes, de relevancia social, y de atención priorizada debido a la actual coyuntura que atraviesa el país a consecuencia del Estado de Emergencia Nacional decretado por la COVID-19.
El fiscal, servidor público o empleado de confianza que no cuenten con el esquema de vacunación completa COVID -19 y/o que no fueron evaluados por el médico ocupacional o quien haga sus veces en el respectivo Distrito Fiscal, efectuarán trabajo remoto.
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Sobre la modalidad en el programa Secigra
El programa SECIGRA se presta en días hábiles, de lunes a viernes por 6 horas diarias y continuas y se establecen los siguientes horarios:
La tolerancia para el registro de asistencia del secigrista es de diez (10) minutos. Toda tardanza en el horario de ingreso a su centro de trabajo por parte del secigrista deberá ser recuperada en el día para evitar descuentos.
Descargue la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 274-2022-MP-FN