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Caso Azul Rojas: Perú incurriría en ilícito internacional si no cumple con sentencia de la Corte IDH

Caso Azul Rojas: Perú incurriría en ilícito internacional si no cumple con sentencia de la Corte IDH

La Defensoría del Pueblo advirtió que el Estado peruano continúa sin ejecutar lo dispuesto por la Corte IDH en el fallo del caso Azul Rojas, en relación con la adopción de diversas medidas de reparación a favor de la comunidad LGBTI. La inacción podría conllevar la incursión en un ilícito internacional. Entérate los detalles en la presente nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 11 de marzo 2022

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Este 12 de marzo se cumple el plazo máximo de dos años establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para la adopción de diversas medidas de reparación a favor de la comunidad LGBTI, como parte del fallo en el caso Azul Rojas Marín.

La Defensoría del Pueblo advirtió que el Estado peruano continúa sin ejecutar dicha sentencia. En ese sentido, reiteró al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la necesidad de que se apruebe la resolución en la que se precisen las responsabilidades de los organismos que deberán ejecutar cada una de las obligaciones.

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Sobre el caso Azul Rojas

Azul Rojas Marín es una mujer transgénero que fue intervenida por efectivos policiales a inicios del 2008, quienes la trasladaron a la Comisaría de Casa Grande, en La Libertad, donde fue víctima de violencia física y sexual.

Tras archivarse el caso en el sistema judicial peruano, este fue llevado ante la instancia de la Corte IDH.

El 12 de marzo de 2020, la Corte IDH emitió una sentencia en la que determinó que Azul Rojas Marín fue torturada; y, por tanto, ordenó al Estado peruano adoptar diversas medidas para evitar que hechos similares vuelvan a repetirse en el país.

Posible ilícito internacional

A través de un documento dirigido al titular de la cartera de Justicia y Derechos Humanos, Ángel Yldefonso, el Defensor del Pueblo sostuvo que el incumplimiento de las obligaciones dispuestas hace dos años por la Corte IDH significa una negación del derecho de Rojas Marín de acceder a la justicia internacional y, consecuentemente, podría conducir a que el Estado peruano incurra en un nuevo ilícito internacional.

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Otras obligaciones

Entre otras obligaciones, la Corte IDH estableció un plazo de dos años para la adopción de un protocolo de investigación y administración de justicia en casos de personas LGBTI víctimas de violencia; así como la implementación de un plan de capacitación dirigido a miembros de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Poder Judicial y Serenazgo, sobre el respeto de la orientación sexual y la expresión de género en las intervenciones a este sector de la población.

De otro lado, se estableció el plazo de un año para implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra las personas LGBTI; y la eliminación del indicador de “erradicación de homosexuales y travestis” de los planes de seguridad ciudadana en todo el país.

Derechos de la comunidad LGBTI

El Defensor del Pueblo sostuvo que “Esta situación es particularmente preocupante dada la especial trascendencia que el caso de Azul Rojas Marín ha significado para la comunidad LGBTI en el Perú, sobre quienes la Corte ha reconocido que han sido históricamente víctimas de discriminación estructural, estigmatización, diversas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales, las cuales, además, pueden constituir tortura’’.

 

 

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