![[Img #33576]](https://laley.pe/upload/images/05_2022/983_oralidad-civil.png)
Se ha dispuesto implementar en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a partir del 4 de julio de 2022, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral en su segundo tramo, constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales:
– Primera Sala Civil Permanente de Independencia
– Segunda Sala Civil Permanente de Independencia.
Así lo ha establecido la Resolución Nº188-2022-CE-PJ, publicada el 22 de mayo de 2022 en el diario oficial El Peruano.
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Dicha resolución también ha requerido la aplicación de las normas contenidas en la Resolución Nº049-2020-CE-PJ y en la Resolución Nº015-2020-P-CE-PJ, en cuanto resulta pertinente al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de tal Corte Superior.
En los considerandos de la citada norma se señala que, según el análisis realizado al Plan de Implementación presentado, se concluyó que resulta viable la implementación de la oralidad civil en su segundo tramo bajo el modelo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, toda vez que se han superado los filtros establecidos.
Acceda a la resolución AQUÍ.
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