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Bicameralidad: Elefante blanco que solo sirve a la clase política

Bicameralidad: Elefante blanco que solo sirve a la clase política

Eduardo Gamarra Astete: “No se trata del número de políticos electos en relación al número de habitantes, no es cantidad, es calidad de la representación lo que se necesita”.

Por Eduardo Gamarra Astete

viernes 10 de junio 2022

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En el Referéndum Nacional realizado el 9 de diciembre de 2018, el pueblo que detenta el poder constituyente ejerciendo su derecho al voto de manera contundente (por goleada) le dijo SI a la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios y le dijo NO a la reforma constitucional para establecer la bicameralidad.

Conforme a la proclamación de los resultados del Referéndum Nacional 2018 (convocado mediante Decreto Supremo N° 101-2018-PCM) realizada mediante la Resolución N° 0002-2019-JNE, publicada en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el 8 de enero de 2019, entre otros, los resultados fueron los siguientes:

  1. Aprobando la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República, con una votación de 13 598 123 el pueblo (el poder constituyente) dijo que SI.
  1. Aprobando la reforma constitucional que establece la bicameralidad en el Congreso de la República, con una votación de 13 598 123 el pueblo (el poder constituyente) dijo que NO.

Así, el pueblo (el poder constituyente) manifestó su voluntad de forma expresa e indubitable. Sin embargo, el actual Congreso de la República (que detenta el poder constituido) pretende irrogarse un inexistente mandato del pueblo para imponer la bicameralidad.

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El poder constituido (el Congreso de la República) se encuentra subordinado al poder constituyente (al pueblo). Sí dicen que representan al pueblo deben ser obedientes a su mandato.

Sin embargo, en la actualidad (o quizá desde sus orígenes) los partidos políticos solo representan los intereses de minúsculos grupos. Más parecen empresas que tienen inversores deseosos de recuperar su capital más intereses una vez que asumen el gobierno a costa del pueblo. En otros, son clanes familiares donde el hijo, la hija, el hermano, la esposa, la ex y las amistades cercanas, gracias “al patriarca o el dueño de la empresa” son electos dizque por voluntad popular.

La voluntad para ser válida debe expresarse sin vicios. Un vicio de la voluntad es el error que “consiste en la ausencia de conocimiento (ignorancia) o conocimiento equivocado de la realidad… es la falsa representación mental de la realidad (de hecho o de derecho) o la ignorancia de la misma que concurre a determinar la voluntad del sujeto” ([1]). Así, cuando se ejerce el derecho a elegir expresado al momento de votar mediante la cédula de votación el error es frecuente. ¿Es un voto informado? La expresión de voluntad (mediante el voto) acaso no es en parte el producto de un conjunto de promesas que son incumplidas luego. Los políticos hablan de “un futuro” que encandila, una ilusión, que dicen será realidad cuando lleguen al poder. El voto en realidad sale del corazón, de las tripas o hasta del hígado.

Etimológicamente la palabra partido se deriva del verbo latino “partire”, siendo su participio, con el significado de “división”. En el lenguaje común partido es sinónimo de dividido, roto, fragmentado, etc. Cuando Salomón emitió el veredicto de partir en dos a la criatura para repartirlo entre las mujeres que lo reclamaban, utilizo una estratagema sabiendo que la verdadera madre jamás admitiría algún daño a su prole. El pueblo tampoco debe admitir que falsos padres y madres de la patria “partan y repartan” el Congreso de la República logrando la bicameralidad por su interés personal y beneficio propio.

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Dicho sea de paso, no recuerdo que ninguno de los congresistas firmantes de los proyectos de ley sobre la bicameralidad, hayan sostenido en campaña como una promesa política su implementación. De haber sido así, dudo que fueran elegidos.

Los proyectos de ley que proponen el retorno a la bicameralidad, señalan en sus exposiciones de motivos que se requieren más congresistas para representar a la población. Así, se pretende establecer que un congresista es tan valioso como un personal de salud o un efectivo policial.

Es cierto que por cada “X” número de habitantes se requiere un número “Y” de profesionales de salud o número “Z” de efectivos policiales. Eso es obvio en razón a que los servicios que prestan son una demanda constante. Trasladar ese criterio a la “necesidad” de más congresistas resulta un absurdo. Bajo ese criterio de número de habitantes por políticos que se “necesitan”, tendría que ampliarse el número de regidores en los municipios y de consejeros en los gobiernos regionales.

No se trata del número de políticos electos en relación al número de habitantes, no es cantidad, es calidad de la representación lo que se necesita. Ese filtro lo deben realizar las organizaciones políticas, pero conforme vemos y apreciamos gracias a los medios de comunicación más que una trayectoria política, profesional o dirigencial, exhiben un prontuario administrativo, policial, fiscal y judicial. La página política de los medios noticiosos más parece una página criminal.

El otro argumento es que la bicameralidad “mejoraría la calidad de las leyes”. La bicameralidad de 1980 a 1992 tampoco fue la panacea. Enrique Bernales señala que “los congresos desde ese año (1980) en adelante, no lograron conquistar la confianza ciudadana” ([2]). Por otra parte, hubo excesiva liberalidad en el otorgamiento de autorizaciones para legislar al Poder Ejecutivo mediante decretos legislativos ([3]), lo que evidencia que en el caso del Congreso de la República no aplica la fábula del esfuerzo y victoria de la tortuga frente a la liebre. La realidad social, económica y política, supera a la parafernalia administrativa del Congreso de la República, así como a las divagaciones y paporretas de los oradores parlamentarios.

La estructura del Poder Ejecutivo debería permitir entender y atender las demandas ciudadanas. En ese sentido, es obvio que el Congreso de la República carece de ese contacto con la población. Además, el Poder Ejecutivo posee información sobre las diferentes necesidades que se requieren. Así, a efectos prácticos resulta lógico que se permita la delegación de facultades legislativas que realiza el Congreso de la República al Poder Ejecutivo para emitir decretos legislativos. Aquí, se evidencia que no se requiere un senado para “mejorar la calidad de las leyes” si el Congreso de la República abdica de su facultad de legislar.

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Por otra parte, los proyectos de ley que proponen el retorno a la bicameralidad, señalan que no se irrogara gasto al erario nacional. Lo cual es falso de toda falsedad. El número de senadores que se determine (30, 50 o 60 que varía de acuerdo al “buen entender” de quién firma el proyecto de ley) requiere de un equipo de trabajo (cada despacho congresal cuenta actualmente con cinco) que en conjunto engrosan la planilla estatal (remuneraciones, gastos operativos, viáticos, etc.). Además, se requiere de infraestructura y la implementación de los despachos senatoriales, entre otros. Lo descrito implica en realidad un costo hundido o un costo perdido. En serio ¿no irroga gasto al erario nacional?

No necesitamos una Cámara de los Lores. Ni 30, ni 50, ni 60 senadores van a resolver con su intelectualidad las necesidades apremiantes de la población, que en su mayoría deben ser atendidas por el Poder Ejecutivo.

La clase política esta deseosa de su elefante blanco. Como no le cuesta, no importa. Un elefante blanco representa un alto costo que resulta mayor en relación al beneficio que aporta, así carece de utilidad.

El problema de los teóricos del derecho constitucional es que carecen de experiencia práctica. La inocencia de su análisis coadyuva a proyectos de ley sin mayor sustento sobre la bicameralidad. Resuelven todo en un mundo ideal. Pero la realidad no es así. Se va crear un molde (la bicameralidad) para que sea utilizada por una clase política que no merece entallar en el traje de senador.

Eduardo Gamarra Astete. Abogado por la UNSAAC. Egresado de la Maestría en Gestión Pública de la Universidad del Pacífico. Quince años de experiencia en gestión pública laborando en Alta Dirección, Órganos de Línea y de Asesoramiento del Poder Ejecutivo (MEF, MINEDU, MINJUSDH, MTPE, MIDIS, INS, SERVIR, OEFA y SUNAFIL) con especialización en derecho administrativo y derecho laboral.

 


[1] Torres Vásquez, Aníbal. Acto jurídico. Volumen II, Jurista editores, 2018, pp. 1073-1078.

[2] Bernales Ballesteros, Enrique. Parlamento y ciudadanía. Problemas y alternativas.

[3] Comisión de la Verdad. Informe Final. Tomo III, Capítulo II, Los actores políticos e institucionales.

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