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Comunidad LGBTIQ+: ¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplir las empresas?

Comunidad LGBTIQ+: ¿Cuáles son las obligaciones que deben cumplir las empresas?

En el marco del Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+, Valeria Osorio, asociada del estudio Miranda & Amado, nos recuerda las principales obligaciones de las empresas para lograr espacios libres de discriminación. Entérate cuáles son aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 28 de junio 2022

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Este 28 de junio se celebra el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+. En el marco de esta fecha, Valeria Osorio, asociada del estudio Miranda & Amado, nos recuerda las principales obligaciones de las empresas para lograr espacios seguros de trabajo y libres de discriminación, así como las buenas prácticas.

1. En el inicio del vínculo laboral

Las ofertas de empleo no deben ser discriminatorias; es decir, no pueden anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato, como sería el rechazo de la persona que postula por su orientación sexual o identidad de género. Por ello, es necesario revisar las políticas de contratación, así como capacitar al equipo que realiza el reclutamiento de personal.

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2. Durante la relación laboral

 

La discriminación remunerativa se encuentra prohibida. De esta manera las políticas salariales deben diseñarse o basarse en criterios objetivos, erradicando así la posibilidad que una persona pueda ser discriminada por su orientación sexual o identidad de género. Lo mismo aplica para los ascensos o promociones.

Los actos de hostigamiento sexual dirigidos a la orientación sexual o identidad de género del personal -a través de comentarios, bromas, gestos o cualquier otra conducta- deben ser erradicados. Al respecto, los empleadores deben contar con una política de prevención y sanción del hostigamiento sexual y realizar capacitaciones a todo el personal y -anualmente- a quienes participan en el procedimiento de investigación y sanción.

3. En la extinción del contrato de trabajo

Son considerados actos de hostilidad equiparables al despido aquellos que tengan como motivo la discriminación por la orientación sexual o la identidad de género del personal, pudiendo la persona afectada darse por despedida y reclamar el pago de una indemnización por despido arbitrario.

Asimismo, el despido que tenga como motivo dicha discriminación es considerado nulo, pudiendo la persona afectada solicitar su reposición laboral o solicitar la indemnización por despido arbitrario.

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4. Buenas prácticas laborales

 

Las empresas vienen realizando prácticas inclusivas, entre las cuales destacan algunas como:

– Creación de políticas de diversidad e inclusión, así como de comités de diversidad, que garanticen un ambiente de trabajo de confianza y seguridad para todo el personal.

– Otorgamiento de los mismos beneficios que tienen las parejas de distinto sexo a las parejas del personal de la comunidad LGBTIQ+.

– Realización de charlas de sensibilización y planes de comunicación a todo el personal, que garanticen el trato adecuado según la identidad de género.

– La participación y contribución con organizaciones que fomentan el empleo de personas de la comunidad LGBTIQ+.

En un país donde todavía existe una brecha legal en el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTIQ+, es necesario que desde las propias organizaciones se tomen acciones para crear un ambiente laboral seguro y sin discriminación.

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