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De acuerdo con el nuevo Reglamento Nacional de Tránsito, modificado por el Decreto Supremo 025-2021-MTC aprobado en julio del 2021, en calles y jirones de las zonas urbanas no se deben exceder los 30 km/h (antes eran 40 km/h); asimismo, en las avenidas no se deben superar los 50 km/h (antes eran 60 km/h).
¿Qué otros cambios se han implemenado y desde cuando estarán vigentes?
También se han modificado los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados. En zonas comerciales, 30 km/h; en zonas residenciales, 50 km/h y; en zonas escolares / hospitales, 30 km/h.
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Estos nuevos límites de velocidad están vigentes desde el 18 de julio del 2022, y las autoridades competentes deben implementar la señalización adecuada, realizar actividades de difusión y habilitar medidas de control y fiscalización.
Las sanciones serán graduales
- Si se supera el límite máximo establecido, se impondrán sanciones de forma gradual:
- Excederse hasta 10 km/h por encima del límite implica una multa de 828 soles (18% de una UIT).
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- Si conduce entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite acarreará una sanción de 1104 soles (24% de una UIT).
- En tanto, superar el límite máximo en más de 30 km/h ocasionará una multa de 2300 soles (50% de una UIT).
Recordemos: La unidad impositiva tributaria (UIT) de este año equivale a 4600 soles.
¿Qué autoridades estarán a cargo?
El control de velocidades y la imposición de multas por exceso de velocidad están a cargo de la Policía Nacional del Perú, las municipalidades provinciales y Sutrán. Varias autoridades locales ya están implementando gradualmente el control en sus ciudades