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LO ÚLTIMO | Conozca a Francisco Morales Saravia, el nuevo presidente del TC

LO ÚLTIMO | Conozca a Francisco Morales Saravia, el nuevo presidente del TC

Por Redacción Laley.pe

lunes 5 de septiembre 2022

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Hace apenas unas horas se desarrolló la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional para debatir la renuncia del presidente de la institución, el magistrado Ferrero Costa, así como del vicepresidente Morales Saravia y del director General del Centro de Estudios Constitucionales (CEC) Domínguez Haro; ello a razón de que el mandato de Ferrero Costa como magistrado habría vencido, procediendo a una nueva elección para dichos cargos, a fin de que no haya un presidente de la institución con el mandato vencido.

En la presidencia, se eligió al magistrado Morales Saravia, quien habría estado en el cargo de vicepresidente. Como vicepresidenta, juramenta la magistrada Pacheco Zerga y como Director del CEC se ratifica al magistrado Domínguez Haro; los cuales juramentaron en ceremonia.

El nuevo presidente del TC es magister en Derecho Constitucional por la Escuela de Posgrado de la Pontificia Universidad Católica del Perú (2016), cuenta con un Máster en Justicia Constitucional, Tutela Judicial y Derechos Fundamentales y estudios en la Universitat Ramón Llull, Barcelona, España (2014).

Discurso del nuevo presidente

En su discurso, el magistrado Morales Saravia expresa el motivo de la decisión de la renovación de los cargos de la institución. Esta respondería a la decisión del ahora expresidente del Tribunal, el magistrado Ferrero Costa, de renunciar el 4 de setiembre al cargo a razón de su mandato fenecido como magistrado de Tribunal Constitucional, a razón de “sus convicciones de jurista”, en donde el cargo de presidente debe ejercerlo un magistrado con mandato vigente, tomando este gesto como un ejemplo para la sociedad y los funcionarios.

Agrega que su mandato será enfocado en las personas. Agradece a los servidores, los exmagistrados, los asesores jurisdiccionales, y todo el personal del Tribunal por viabilizar el funcionamiento de la institución.

Sostiene que una vista humanista requiere que se considere que detrás de cada proceso, existe un drama personal y la búsqueda de la justicia. Asimismo, hace énfasis en la imparcialidad del Colegiado así como su independencia y su pericia en las diversas áreas del derecho.

Menciona que las causas serán resueltas de manera célere, en tanto “justicia que demora no es justicia”, como se ha venido realizando bajo el mandato del magistrado Ferrero.

Alega que fortalecerá el uso de tecnologías de la información, para la publicidad y difusión de los fallos y el mejor acceso a la justicia.

Finalmente, comunica que se propiciará la descentralización con audiencias en diversas provincias del país, así como se apoyará cabalmente la labor del Centro de Estudios Constitucionales para difundir los valores y la jurisprudencia de la Institución.

Elección de presidente y vicepresidente

Sobre la elección de presidente y vicepresidente del Tribunal Constitucional, el artículo 22 del Reglamento normativo del Tribunal Constitucional establece que:

 

Elección del Presidente, Vicepresidente y duración del cargo

Artículo 22.- El Tribunal elige entre sus miembros, por votación secreta, a su Presidente. Para la elección, en primera votación, se requiere no menos de cinco votos. Si no se alcanzan, se procede a una segunda votación, en la que resulta elegido quien obtiene mayor número de votos. En caso de empate, se efectúa una última votación. Si el empate se repite, se elige al de mayor antigüedad en el cargo y, en caso de igualdad, al de mayor antigüedad en la colegiación profesional.

El cargo de Presidente del Tribunal dura dos años. Es prorrogable, por reelección, sólo por un año más.

Por el mismo procedimiento señalado en este artículo se elige al Vicepresidente, a quien corresponde sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal u otro impedimento. En caso de vacancia, el Vicepresidente concluye el período del Presidente. En tal supuesto, asume la Vicepresidencia el Magistrado más antiguo en el cargo y, en caso de igual antigüedad, el de mayor edad.

La elección se realiza el primer día hábil de diciembre. Los electos asumen sus cargos el primer día hábil de enero. (Énfasis agregado)

 

 

 

 

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