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Interponen denuncia contra publicidad del ‘Checho’ Ibarra que «normalizó tocar timbres y esconderse de vecinos»

Interponen denuncia contra publicidad del ‘Checho’ Ibarra que «normalizó tocar timbres y esconderse de vecinos»

Por Redacción Laley.pe

jueves 6 de octubre 2022

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El abogado Juan Francisco Rojas Leo interpuso una denuncia ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Esta denuncia fue dirigida al secretario técnico de la Comisión de Competencia de la entidad.

En el documento al que tuvo acceso Laley.pe se cuestiona que en señal abierta se haya difundido un anuncio publicitario con el siguiente mensaje: 

Si estás aburrido porque no hay fútbol, envés de recorrer las casas de los vecinos tocando timbres y puertas, y luego esconderte; tiene la opción de entretenerte o matar tu tiempo, en el casino de INKABET

 

Este anuncio fue transmitido a través de Latina Televisión (canal 2) y otros medios de comunicación que el denunciante no precisa, sin embargo, en todos ellos se exhibe al exfutbolista Sergio Ibarra, conocido como El Checho.

De acuerdo a la resolución, durante el comercial, El Checho toca diversos timbres y puertas de varias casas, luego corre y se esconde. Tras esto, en el comercial se inserta un mensaje que invita a usar INKABET, en lugar de tocar timbres, pues este comportamiento es una pérdida de tiempo.

Líneas más abajo, el denunciante asegura que tocar timbres y esconderse es inapropiado y el comercial normaliza. Esto constitye una falta a la tranquilidad pública, pues el protagonista toca los timbres con la única intención de obligar a que los propietarios se movilicen sin sentido alguno, provocando una molestia. 

Es importante enfatizar que la denuncia en interés general de la colectividad fue planteada en atención al artículo 106 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: 

106.1 Cualquier administrado, individual o colectivamente, puede promover por escrito el inicio de un procedimiento administrativo ante todas y cualesquiera de las entidades, ejerciendo el derecho de petición reconocido en el Artículo 2 inciso 20) de la Constitución Política del Estado.

Denuncia comercial Checho. Indecopi.laley.pe by Redaccion La Ley – Perú on Scribd

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