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Acto administrativo o acto de administración: reporte de estado sobre trabajo remoto (caso práctico)

Acto administrativo o acto de administración: reporte de estado sobre trabajo remoto (caso práctico)

Por Redacción Laley.pe

miércoles 12 de julio 2023

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Una servidora pública interpuso un recurso de apelación contra el reporte de estado que fue emitido por el Instituto de Medicina Legal para rechazar la programación de sus vacaciones. En su recurso interpuesto ante Servir pidió que se declare nulo el acto administrativo impugnado y que procedan a programar sus vacaciones.

Sin embargo, al analizar el recurso, el Tribunal del Servicio Civil explicó las diferencias entre un acto administrativo y un acto de administración. 

Por un lado, el acto administrativo es el pronunciamiento emitido en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos sobre derechos, intereses y obligaciones de los administrados.

La Ley del Procedimiento Administrativo General es clara: solamente contra los actos administrativos se pueden interponer recursos impugnativos. 

Sin embargo, la norma también aclara que los actos de administración interna de las entidades no son actos administrativos, pues estas decisiones internas de la administración, en este caso, del Instituto de Medicina Legal, se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios de las entidades. 

Al resolver, Servir determinó que el reporte de estado del módulo de identificación del trabajo remoto no es un acto administrativo, sino un acto de administración interna que la entidad emite para programar las vacaciones de sus trabajadores.

No produce efectos jurídicos por sí mismo porque carece de los elementos de un acto administrativo que regula la Ley 27444, de manera que la apelación fue declarada improcedente. 

Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS

“Artículo 1.- Concepto de acto administrativo 1.1 Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta”

 

 

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