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ATENCIÓN: Eliminarían cobro de tasas judiciales de medios probatorios al interponer apelaciones, quejas o casaciones

ATENCIÓN: Eliminarían cobro de tasas judiciales de medios probatorios al interponer apelaciones, quejas o casaciones

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de agosto 2023

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Esta semana se presentaron varios proyectos de ley que buscan eliminar el cobro de tasas judiciales de los medios probatorios si fueron admitidos en instancias previas. Es decir, si ya forman parte del expediente.

En esa lógica, carece de sentido cobrar (nuevamente) tasas judiciales por medios probatorios ya admitidos cuando el abogado apela una sentencia, interpone quejas o casaciones de cualquier especialidad.

En total, fueron cinco proyectos de ley los que plantearon incorporar el apartado de gratuidad probatoria en pluralidad de instancias en el Código Procesal Civil, Código Procesal Penal, Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo. Este conceto fue desarrollado de la siguiente manera en todos los códigos y normas mencionadas: 

Gratuidad probatoria en pluralidad de instancias.

Cuando se interponga recurso de apelación, queja o casación, y los medios probatorios ya se encuentran admitidos en el expediente de primera instancia o segunda instancia o versen sobre cuestiones de puro derecho sobre sentencias, autos y/o decretos, no se requiere el pago de ninguna tasa judicial referida a los medios probatorios ya admitidos o a las resoluciones judiciales emitidas.

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