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Corte Suprema anula sentencia: hermana de jueza patrocinó a una de las partes

Corte Suprema anula sentencia: hermana de jueza patrocinó a una de las partes

Laley.pe desarrolló la Casación 1594-2017, Ancash.

Por Marcos Cancho Peña

miércoles 24 de enero 2024

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La Corte Suprema anuló una sentencia, pues la hermana de una jueza patrocinó a una de las partes. La jueza había sido apartada del proceso por su vínculo familiar, pero a pesar de ello suscribió la sentencia. En esa línea, la corte explicó que el principio de imparcialidad judicial exige que los jueces sean independientes a las partes. Laley.pe desarrolló la Casación 1594-2017, Ancash.

El caso: interponen demanda de desalojo por ocupación precaria

Se interpuso una demanda de desalojo por ocupación precaria. En primera instancia, un juzgado declaró fundada la demanda. El demandante tiene una copia legalizada del testimonio de escritura pública de compraventa, por lo tanto, es el titular del inmueble, determinó. Se interpuso un recurso de apelación, sin embargo, una sala confirmó la sentencia del juzgado.

El demandado presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema, por infracción al debido proceso. Alegó que se había vulnerado su derecho a ser juzgado por un juez imparcial, pues la sentencia de la sala (segunda instancia) había sido suscrita por una jueza, pese a que su hermana patrocinaba a una de las partes.

Corte Suprema: la sentencia fue casada (anulada)

La corte indicó que el derecho al debido proceso garantizaba el derecho a un juez independiente e imparcial. Al respecto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos había indicado que toda persona tenía derecho a ser oída por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.

A renglón seguido, la corte indicó que el principio de imparcialidad judicial estaba vinculado a determinadas exigencias: el juez debe ser independiente a las partes y al motivo del proceso judicial, de acuerdo a una sentencia del Tribunal Constitucional.

El principio de imparcialidad judicial – ligado al principio de independencia funcional – se vincula a
determinadas exigencias dentro del proceso, definidas como la aptitud del Juez frente a las partes
y al objeto del proceso mismo, pudiendo entenderse desde dos acepciones: a) imparcialidad subjetiva,
que atañe a algún tipo de compromiso que el Juez puede tener con el caso; b) imparcialidad objetiva,
referida a la influencia negativa que puede tener en el Juez la estructura del sistema, restándole imparcialidad.

STC 2851-2010-PA/TC (sentencia del TC)

En esa línea, la corte identificó que la jueza había sido apartada del conocimiento del proceso, porque su hermana era la abogada de una de las partes. Sin embargo, la jueza suscribió la sentencia de la sala, pese a que estuvo impedida de conocer el proceso.

Esa acción infringió el principio de imparcialidad. Los jueces no pueden identificarse con las pretensiones de alguna de las partes, pues su actuación debe ser neutral, indicó la corte. En el caso específico, la jueza tuvo una relación directa con la abogada de una de las partes.

Por lo tanto, la sentencia incurrió en un vicio de nulidad del artículo 171 del Código Procesal Civil, concluyó.

A renglón seguido, la corte recomendó a la sala que sea más cuidadosa, porque había permitido que una jueza superior suscribiera una de sus sentencias, pese a que estaba impedida de participar, pues había sido apartada del conocimiento del proceso.

En consecuencia, la corte declaró fundado el recurso de casación: la sentencia de la sala fue casada (anulada).

«Los abogados deben conocer las relaciones familiares de los juzgadores»

Alejandro Navarrete Maldonado, abogado especialista en derecho laboral, comentó la casación en su cuenta de LinkedIn: los abogados deben procurar conocer las relaciones familiares de los juzgadores, porque eso permitirá que se ejerza un adecuado control de imparcialidad, aseguró.

A mi parecer, los abogados debemos procurar conocer el perfil de los juzgadores, sus antecedentes, ejercicio docente, e incluso relaciones familiares y amicales, pues ello nos permitirá ejercer un adecuado control de imparcialidad e incrementar la probabilidad de una sentencia justa en base al derecho.

Alejandro Navarrete Maldonado en su cuenta de LinkedIn.

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