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Decreto Supremo N°006-2024-JUS: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1619, Decreto Legislativo que establece disposiciones de carácter excepcional sobre la remisión condicional de la pena y beneficios penitenciarios

Decreto Supremo N°006-2024-JUS: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1619, Decreto Legislativo que establece disposiciones de carácter excepcional sobre la remisión condicional de la pena y beneficios penitenciarios

El 12 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N°006-2024-JUS que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N°1619, mediante el cual se establecieron disposiciones de carácter excepcional sobre la remisión condicional de la pena y beneficios penitenciarios por el hacinamiento penitenciario. La segunda disposición complementaria final del […]

Por Unidad de investigación de laley

viernes 12 de abril 2024

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El 12 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N°006-2024-JUS que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N°1619, mediante el cual se establecieron disposiciones de carácter excepcional sobre la remisión condicional de la pena y beneficios penitenciarios por el hacinamiento penitenciario.

La segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo N°1619, estableció que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario, debían aprobar mediante un Decreto Supremo el reglamento correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de 60 días calendario desde su publicación.

Por lo tanto, resulta necesario establecer el marco normativo reglamentario, para garantizar la correcta aplicación de las medidas excepcionales de remisión condicional de la pena y beneficios penitenciarios establecidos por el Decreto Legislativo N°1619, razón por la cual se emite el Decreto Supremo N°006-2024-JUS aprobando el reglamento correspondiente.

El reglamento está conformado por dos títulos, cuatro capítulos, doce artículos y una disposición complementaria final, estableciendo disposiciones relativas a requisitos de procedencia (Capítulo I), elaboración de listas de egreso (Capítulo II), evaluación y ejecución de la medida (Capítulo III), y las correspondientes a la impugnación y revocación de la medida (Capítulo IV).

Asimismo, conforme al artículo 2 del Decreto Supremo N°006-2024-JUS, su entrada en vigencia se dará a los 15 días calendarios siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Finalmente, se debe recalcar que dicho reglamento, en su única disposición complementaria final, establece que el Instituto Nacional Penitenciario respecto al Capítulo II del Título II del Decreto Legislativo Nº 1619, emite o actualiza los lineamientos que sean necesarios dentro de los 30 días calendarios siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto.

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