El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundado un hábeas corpus presentado en defensa del expresidente Alberto Fujimori. La decisión reestablece los efectos del indulto humanitario que le fueron otorgados, en diciembre del 2017, por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski.
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Antes de conocerse la decisión del TC, organismos nacionales de derechos humanos como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) y la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh), presentaron una solicitud de medidas provisionales ante la Corte IDH, en los casos Barrios Altos y La Cantuta vs. Perú.
Estas medidas provisionales ‘’son medidas que dicta la Corte IDH en casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas’’.
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En el marco de dicho pedido, el Pleno de la Corte IDH cursó un oficio al Estado peruano en el que le requiere abstenerse, de manera temporal, de hacer efectiva la liberación del exmandatario Alberto Fujimori.
La abstención de liberarlo se requiere con el fin de garantizar el derecho al acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, mientras que la Corte IDH adopta una decisión sobre la referida solicitud de medidas provisionales.