![[Img #12824]](/upload/img/periodico/img_12824.jpg)
A partir de la fecha, las municipalidades podrán incluir desde S/ 1 hasta S/ 3.50 como monto parcial de arbitrio en los recibos de luz. Esto, por medio de convenios que las alcaldías suscriban con las empresas de distribución de energía eléctrica a fin de que estas últimas actúen como recaudadoras. La suma será destinada, exclusivamente, al servicio de serenazgo y seguridad ciudadana de cada zona.
Así lo establece el Decreto Legislativo Nº 1253, que busca fortalecer la inversión en seguridad ciudadana, publicado este viernes 2 de diciembre en el diario oficial El Peruano.
Es preciso destacar que la norma tiene carácter facultativo para los municipios y que no afecta a los ciudadanos exonerados de estos impuestos. Además, las municipalidades podrán fijar las fracciones de monto anteriormente mencionadas utilizando los mismos criterios y procedimientos para el cálculo de arbitrios.
Por su parte, las empresas prestadoras de electricidad no tendrán responsabilidad sobre el cobro de intereses o moras por este cobro, pues su único compromiso será el de incluir el monto fijado por la municipalidad en los recibos emitidos.
Decreto Legislativo Nº 1253 by La Ley on Scribd