Sábado 04 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Servir precisa supuestos de exoneración de recuperación de horas de licencia con goce

Servir precisa supuestos de exoneración de recuperación de horas de licencia con goce

Servir señala que, en caso la desvinculación del servidor civil responda a factores ajenos a su voluntad, las horas que no hubieran sido objeto de compensación serán exoneradas, quedando liberado de su obligación de compensarlas. Entérese más en la presente nota. [INFORME TÉCNICO N° 000146-2022-SERVIR-GPGSC]

Por Redacción Laley.pe

jueves 24 de febrero 2022

Loading

[Img #32659]

En caso la desvinculación del servidor civil responda a factores ajenos a su voluntad, tales como fallecimiento, jubilación, cese por límite de edad, entre otros, y exceptuando la renuncia y no renovación de contrato, las horas que no hubieran sido objeto de compensación serán exoneradas, quedando liberado de su obligación de compensarlas.

Lea también: Seguridad y Salud en el Trabajo: Si su incumplimiento genera accidente laboral se constituye infracción muy grave

Asimismo, en el referido supuesto de extinción del vínculo laboral del servidor las horas no compensadas no serán consideradas –como tiempo de servicios– para el cómputo de la liquidación de beneficios sociales o vacaciones truncas.

Medidas extraordinarias y complementarias

Con respecto a las horas de licencia con goce de haber compensable no recuperadas por extinción del vínculo laboral, Servir hace mención del Decreto de Urgencia Nº 078-20201, el cual fija un marco normativo ad hoc orientado a establecer medidas extraordinarias y complementarias para aquellos casos.

Se reconocen (3 grupos de servidores civiles o trabajadores de las entidades del sector público que se pueden acoger a las referidas medidas:

Lea también: Corte Suprema: ¿Impide el pacto con reserva de propiedad la formalización del contrato?

a) Servidores civiles o trabajadores desvinculados por causas ajenas a su voluntad excepto renuncia y no renovación (fallecimiento, jubilación, cese por límite de edad, etc.)

b) Servidores civiles o trabajadores desvinculados por renuncia o por no renovación de contrato.

c) Servidores civiles o trabajadores desvinculados por sanciones administrativas o judiciales (destitución, inhabilitación, etc.)

A dichos grupos se les aplica las medidas orientadas a la recuperación de las horas de licencia no compensadas establecidas en los artículos 2, 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 078-2020, las cuales se resumen en el siguiente cuadro:

[Img #32658]

Descargue el INFORME TÉCNICO N° 000146-2022-SERVIR-GPGSC

 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS