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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó a la ciudadanía que, ante la obstaculización de carreteras y paralización del tránsito a causa del paro de transportistas, el tiempo de demora en hora de llegada al centro de labores no pueden ser considerado tardanza injustificada.
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Tolerancia compensable
Asimismo, señaló que, luego de la coordinación respectiva entre trabajadores y empleadores, se deben considerar 2 horas de tolerancia compensables.
Medidas flexibles
Informó, también, que deben adoptarse medidas flexibles que permitan compensar las demoras derivadas por el contratiempo en el traslado de los trabajadores que acuden a sus centros de trabajo, acorde a sus particulares circunstancias, debiendo permitir a los trabajadores el ingreso para el desarrollo de sus labores.
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Tiempo de demora
Finalmente, señaló que el tiempo de demora estará sujeto a compensación posterior, de acuerdo a lo que acuerden las partes. Ante la falta de acuerdo, es decidido por el empleador.
Así también, por ningún motivo dicho tiempo de demora será considerada tardanza injustificada.
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