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Fuerzas Armadas y Policiales: Misión constitucional ante la pandemia del COVID-19

Fuerzas Armadas y Policiales: Misión constitucional ante la pandemia del COVID-19

Considerando la actual crisis sanitaria producida por la pandemia del COVID-19, la autora da a conocer los desafíos de las Fuerzas Armadas y Policiales con relación a sus funciones previstas en los artículos 164 y 165 de la Constitución Política del Perú. En ese sentido, señala que el documento elaborado por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) denominado “Fuerzas Armadas y de Seguridad (México y Centroamérica). Sugerencias prácticas para atender el COVID-19″, además de poder ser aplicado en nuestro país, aporta tres importantes ideas en el control del orden interno a cargo de las fuerzas del Estado.

Por Emilia Bustamante Oyague

martes 7 de abril 2020

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Vivir la incertidumbre de una pandemia ocasionada por un virus letal como el coronavirus o COVID-19, pasó de la imaginación a la realidad en pocas semanas. Es inevitable relacionar las acciones a tomar partiendo de las medidas sanitarias y médicas, abordando el enfoque económico, político y social a nivel de cada país, sea que se trate de un país desarrollado o de uno precario y emergente. De un momento a otro, estamos todos atentos a las noticias, a los reportes de las autoridades, escuchamos términos médicos y estadísticos – desconocidos para muchos de nosotros–. Ahora son comunes las referencias a los pacientes positivos, diagnosticados, asintomáticos, resultados de prueba-positivos verdaderos, resultados de falsos positivos, ventilación mecánica, pruebas serológicas, etc.

En este contexto, el Gobierno ha instalado la Comisión Multisectorial de Alto Nivel contra el COVID-19, y comités especializados de profesionales médicos para enfrentar el manejo de la crisis sanitaria que produce esta emergencia nacional. Además, se han adoptado varias medidas económicas de gran impacto, como la suspensión de la actividad productiva no esencial; disponiendo una restricción a la movilización de los ciudadanos, en un denominado estado de emergencia nacional, bajo el denominador común de que ante la nefasta proyección estadística de muertos que se produciría en nuestro país por esta pandemia, es preferible parar la economía con los efectos que ello conlleva, a ser testigo presencial de una expansión de este virus letal con gran afectación a millares de vidas humanas, frente al colapso de déficit de atención de los servicios públicos y privados de salud.

En este marco de hechos, de situaciones y de desafíos, aparece la presencia vital y decidida de las Fuerzas Armadas y Policiales, que han asumido el gran rol de coadyuvar el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el Gobierno presidido por el Presidente Vizcarra. Nos interesa destacar el documento de trabajo elaborado por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) denominado “Fuerzas Armadas y de Seguridad (México y Centroamérica). Sugerencias prácticas para atender el COVID-19” [1]. Ideas que también resultan de aplicación a nuestro país, en particular nos interesa destacar tres ideas-fuerza:

Primera idea: “Las Fuerzas Armadas y Policiales se convierten en parte de la respuesta de los Estados para prevenir, controlar y manejar la pandemia del COVID-19. Su adecuada preparación y profesionalismo permitirán cumplir con la misión, evitando riesgos innecesarios y consecuencias humanitarias que una situación de este tipo puede generar.”

En efecto, nuestras Fuerzas Armadas constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea, así como la Policía Nacional, son instituciones que tienen una formación y capacitación profesional, que desempeñan una importante función en el control del orden interno en esta pandemia que afecta a más de 200 países en el mundo, lo cual ha determinado un nuevo desafío en la labor y ello está acorde al marco de las funciones establecidas en los artículos 164 y 165 de la Constitución Peruana.  La actuación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en el control del orden interno se encuentra ante un enorme desafío por los letales efectos que viene produciendo en nuestro país y en el mundo esta pandemia del COVID-19; un enemigo invisible de la humanidad, que se ha manifestado con los miles de muertos y enfermos, y cuyo fin como virus se desconoce.

Segunda idea: “El COVID-19 es una emergencia de salud pública y de preocupación internacional (11 marzo, la OMS declaro pandemia). Su presencia disuasiva y de autoridad es fundamental para el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Estado para hacer frente a esta situación.” 

Se destaca el ejercicio de esta función de control de orden interno en un contexto de pandemia, no estamos en un conflicto armado, estamos enfrentando una grave afectación a la población que causa un virus letal, al que la ciencia aún no ha encuentra explicaciones de cómo se formó, y los medios para controlar sus efectos nocivos a la salud de la humanidad. En este marco, la función que le compete cumplir, en este momento de crisis sanitaria, es importante pero definida, de ahí que se destaque su papel de fuerzas disuasivas y de autoridad para que se cumplan las disposiciones y medidas que adopta el Gobierno peruano. En esa medida, las actuaciones deben seguir un protocolo de respeto a los derechos humanos de todos los ciudadanos, en especial a los derechos a la vida, dignidad e integridad de las personas. Entonces, ante los desórdenes sociales o conductas de los ciudadanos en el contexto de esta pandemia, exige a nuestras Fuerzas Armadas y Policiales que su actuación se haga con responsabilidad; y, evitando incurrir en excesos que, en lugar de propiciar un adecuado control del orden interno, puedan conllevar a graves afectaciones a los derechos de los ciudadanos, y ello es una variable que debe tenerse en cuenta de manera prioritaria.

Tercera idea: Tener en cuenta los efectos de la pandemia en el personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, para lo cual se deben realizar una serie de medidas preventivas de higiene, uso de equipo de protección personal (mascarillas, guantes, implementos), de tal modo que se evite el contagio de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y de haberse producido el contagio se adopten las medidas para evitar la propagación del virus a los compañeros de armas, e incluso a sus familias, y a los ciudadanos. Además, debe considerarse que el cumplimiento del deber implicará dedicación exclusiva, por el tiempo que dure la pandemia, y podría producirse desgaste físico, emocional, moral y mental de los integrantes de las instituciones militares y policiales. Esta contingencia debe ser considerada por las autoridades de dichos cuerpos, quienes deben dar la atención debida a su personal.

Así, la labor de control del orden interno que les compete llevar a cabo a las Fuerzas Armadas y Policiales, requiere que en su ejercicio se asuman una serie de medidas por sus propias autoridades, con el fin de dar tranquilidad a la sociedad. En este propósito nacional para evitar y controlar el contagio de la pandemia que nos toca vivir, con dedicación, y con respeto a los derechos humanos de las personas; a la vez que el Estado tiene la obligación de brindarles a los miembros de dichos cuerpos militares y policiales la adecuada preparación y cuidados para el desarrollo de esta labor desafiante de control interno en el marco de una pandemia. Y a nosotros, los ciudadanos nos corresponde actuar responsablemente, adoptando las medidas sanitarias para evitar el contagio del virus mortal COVID-19.

Puede revisar aquí el documento “Fuerzas Armadas y de Seguridad (México y Centroamérica). Sugerencias prácticas para atender el COVID-19″  y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:

Fuerzas Armadas y de Seguridad (México y Centroamérica). Sugerencias prácticas para atender el COVID-19 by La Ley on Scribd


[*] Emilia Bustamante Oyague es vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Abogada y Magíster en Derecho por la PUCP. Doctoranda en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro del Comité Consultivo de las Revistas Gaceta Civil & Procesal Civil, así como Diálogo con la Jurisprudencia (ambas editadas por Gaceta Jurídica). Egresada del Centro William J. Perry. Docente Universitaria y de la AMAG. Blog: http://blog.pucp.edu.pe/blog/ee15/.

[1] Agradezco a Juan Carlos Gómez del CICR, profesor adjunto y egresado del Centro Perry por compartir el documento adjunto ‘Fuerzas Armadas y de Seguridad (México y Centroamérica). Sugerencias prácticas para atender el COVID-19.

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