Viernes 26 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Proponen incorporar el delito contra la libertad religiosa al Código Penal

Proponen incorporar el delito contra la libertad religiosa al Código Penal

Una propuesta legislativa plantea añadir en el Código Penal el delito contra la libertad religiosa y de culto. Así, se pretende sancionar con pena efectiva no menor de dos ni mayor de cuatro años al que, sin derecho, ataque a otro, mediante ofensas, desprecios, agravios o insultos a su libertad religiosa y de culto. Más detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 22 de febrero 2018

Loading

[Img #17915]

El que, sin derecho, cause daños o destrucción a parroquia, iglesia, santuario, ermita, catedral o lugar para rendir culto a su fe o a sus imágenes no representaciones, por razón de religión o práctica religiosa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

La pena será no menor de diez ni mayor de quince años, cuando el agraviado resulte con graves daños en el cuerpo o en la salud física o mental, o muere durante el ataque intencional o a consecuencia de dicho acto.

Así lo propone el artículo 184-B contenido en el Proyecto de Ley N° 2450/2017-CR, presentado el 21 de febrero de 2018 ante el Congreso de la República, el mismo que pretender incorporar dentro del Título IV, Delitos contra la libertad, el Capítulo XIII referido a los delitos contra la libertad religiosa y de culto.

Asimismo, el artículo 184-A prevé reprimir con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, al que, sin derecho ataque a otro, mediante ofensas, desprecios, agravios o insultos a su libertad religiosa y de culto.

La pena será no menor de cuatro ni mayor de diez años cuando:

1. El agente abusa o pone en peligro la vida o salud del agraviado.

2. El agente es funcionario, servidor público o representante de la iglesia, congregación, hermandad, cofradía u otro parecido.

3. El agraviado es menor de edad.

4. Se comete para obligar al agraviado o a un tercero a incorporarse a su agrupación.

Esta iniciativa legislativa busca proteger desde la óptica penal la libertad de culto o la libertad religiosa, una de las más preciadas libertades que tiene el ser humano para hacer prevalecer su libertad ideológica y su fe, a fin de que no se trasgreda o se ofenda los sentimientos de una persona o de los miembros de determinada confesión o creencia. Toda vez que en nuestra legislación penal, no se regula de manera exclusiva bajo ningún título o capítulo como bien jurídico protegido.

Ud. puede acceder al proyecto aquí o navegar en nuestro archivo Scribd

P.L. 02450-2018 by La Ley on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS