El Colegiado A de la Sala Penal Nacional decidió este martes que los terroristas Osmán Morote y Margot Liendo Gil afronten el juicio por el caso Tarata bajo arresto domiciliario. La medida dada por el tribunal establece para ambos procesados comparecencia restringida con impedimento de salida del país y detención domiciliaria y solo se podrá hacer efectiva sí es que ambos senderistas pagan una caución de S/. 10.000 al Estado para salir de prisión.
De efectuarse el abono, Morote cumplirá su arresto domiciliario en Chaclacayo, mientras que Liendo Gil lo hará en Santa Anita. Ambos inmuebles serán resguardados por agentes de la Policía Nacional. Asimismo, el tribunal indicó que las referidas viviendas si cumplen con las condiciones necesarias para el arresto domiciliario, esto pese a que un informe policial había indicado lo contrario.
Vale acotar que este excarcelamiento se enmarca en una primera decisión del Colegiado E de la Sala Penal Nacional el cual revocó, por exceso de carcelería, la orden de prisión preventiva para ambos terroristas, cambiándola por comparecencia con restricciones por el Caso Perseo. Además se consideró que los citados senderistas ya habían cumplido sus penas de 25 y 20 años, respectivamente.
Ud. puede descargar aquí la sentencia emitida por el Colegiado A de la Sala Penal Nacional o puede visualizarla también a través de nuestro archivo Scribd.
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