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Lea el Reglamento de la ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado

Lea el Reglamento de la ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado

Se aprobó el Reglamento de la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción y delitos conexos. Este establece, entre otros aspectos, medidas para incentivar la colaboración eficaz y evitar la paralización de obras públicas o público privadas. Conoce más en la nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 10 de mayo 2018

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El Reglamento de la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corupción y delitos conexos, Ley 30737, busca evitar que se ponga en grave riesgo el desempeño económico del país, como consecuencia de los actos de corrupción. Así, se han establecido entre otros aspectos, medidas para incentivar la colaboración eficaz, evitar la paralización de las obras públicas o público privadas, así como evitar la ruptura de la cadena de pagos.

Dicha norma ha sido aprobada mediante Decreto Supremo N° 96-2018-EF publicado el 9 de mayo de 2018 en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano.

El referido reglamento establece tres categorías de sujetos: los de la categoría 1, incluye son las personas jurídicas o entes jurídicos comprendidos dentro de los alcances del artículo 1 de la ley; los sujetos de la categoría 2, son las personas jurídicas o entes jurídicos comprendidos dentro de los alcances del artículo 9 de la ley; y, finalmente los sujetos de la categoría 3, son las personas jurídicas o entes jurídicos comprendidos dentro de los alcances del artículo 15 de la ley.

Además, dicho instrumento normativo dispone que todos los contratos de fideicomiso que los sujetos de las categorías 1, 2 y 3 celebren en virtud de la implementación de este, deben incluir cláusulas de solución de controversias vía arbitraje de derecho, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje o norma que lo sustituya.

Por otro lado, en la norma se señala que en el plazo de 15 días contados desde el día siguiente de su publicación, se conforma una Comisión de seguimiento de la aplicación de esta, presidida por un representante del MEF, cuya conformación se define por Resolución Ministerial de dicho sector.

Ud. puede acceder al reglamento aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

DS096-2018-EF by La Ley on Scribd

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