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EE.UU.: Terapias para ‘curar’ la homosexualidad atentan contra la ley del consumidor

EE.UU.: Terapias para ‘curar’ la homosexualidad atentan contra la ley del consumidor

Juez de la Corte Superior de New Jersey ratificó que la homosexualidad no es una enfermedad, por lo que ofrecer terapias que prometen revertirla atenta contra los derechos del consumidor fijados en Norteamérica. El fallo fue efectuado luego de revisar la demanda contra una asociación semita que prometía tal “solución” a sus inscritos pese a no proporcionar ninguna base estadística que valide sus efectos.

Por Ana Bazo Reisman

lunes 2 de marzo 2015

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De publicidad engañosa tildó el juez de la Corte Superior de New Jersey Peter Barsio Jr. al taller de reorientación sexual que dicta la Jews Offering New Alternatives for Healing (JONAH), una organización judía que sostiene la promesa de “curar” la homosexualidad a través de terapias psicológicas individualizadas y grupales.

Fueron los ciudadanos Michael Ferguson, Benjamin Unger y Chaim Levin, entre otros, quienes interpusieron la demanda contra la asociación en noviembre del 2012. Los demandantes habían participado del programa y afirman que la asociación los “convenció de pagar por el servicio a través de discursos engañosos” y que, en realidad, los efectos del tratamiento eran lesivos para las personas.

Con un costo mínimo de 100 dólares semanales por asesoría personalizada y otros 60 dólares por asistencia a las sesiones de “terapia de conversión”, personas que se reconozcan homosexuales pueden – según dice el programa – ser “reorientadas” a la heterosexualidad. Sin embargo, su publicidad consistía en proporcionar estadísticas sin base verídica para validar su éxito, implementado prácticas consistentes en humillar a los participantes, además de inducirlos a culpar a familiares por sus preferencias sexuales.

Según el juez, el servicio es fraudulento, pues se basa en la difusión de “una ideología errada, que viola la ley del consumidor para publicitar o vender las terapias de conversión describiendo a la homosexualidad  como una enfermedad mental o desorden psicológico”.

Además, Barsio recalcó que el gremio médico internacional considera a la homosexualidad como una variación normal de la sexualidad humana y que la negación de este concepto por cuestiones de márketing configura una falta grave contemplada en la Consumer Fraud Act (CFA), establecida en 1960 para sancionar el incumplimiento de la ley del consumidor en New Jersey.

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