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Fort Ninamancco comentó el dictamen de la hipoteca inversa en LaLey.TV

Fort Ninamancco comentó el dictamen de la hipoteca inversa en LaLey.TV

¿Cuáles son los requisitos para que se constituya la hipoteca inversa? ¿Qué problemas originaría la venta del inmueble gravado? En esta nota Ud. podrá ver la entrevista que nuestro Director, Manuel Alberto Torres Carrasco, formuló al reconocido profesor de Derecho Civil Fort Ninamancco Córdova sobre este nuevo mecanismo de financiamiento que pronto entraría en vigencia en nuestro país.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de julio 2017

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Nuestro site de noticias legales relanzó su servicio denominado LaLey.TV. Para dicha ocasión, nuestro Director, Manuel Alberto Torres Carrasco, conversó con el reconocido profesor de Derecho Civil Fort Ninamancco Córdova, en una transmisión en directo que nuestros lectores pudieron seguir en nuestra Fan Page de Facebook.

La charla se centró en el análisis de la hipoteca inversa, cuyo dictamen ha sido recientemente aprobado por la Comisión de Justicia del Congreso y podría constituirse en la reforma más importante de los últimos tiempos en materia de garantías. Siendo una transmisión on line, nuestros lectores no solo pudieron seguir la entrevista sino también formular, a través de nuestras redes sociales, sus consultas sobre este interesante tema .

Durante la entrevista que, Ud. podrá apreciar aquí, se abordaron temas como los requisitos previstos para la constitución esta nueva modalidad de hipoteca y si se puede decir que el proyecto beneficia de forma amplia a los adultos mayores.

Igualmente se analizaron las contradicciones que presenta este proyecto en relación a la facultad de disposición del inmueble gravado con hipoteca inversa. Así, en un momento de la entrevista, el profesor Ninamancco afirmó que “en la hipoteca tradicional el constituyen puede vender, pero en la hipoteca inversa el dictamen establece que no podrá enajenarse el bien sin el consentimiento del banco. Y si, pese a ello, se vende, se podría anticipar la ejecución. Esto puede generar demandas de nulidad de acto jurídico”.

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