A partir del mes de enero de 2018 las pensiones percibidas por los beneficiarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530 que hayan cumplido 65 años o más de edad, al 31 de diciembre de 2017 y cuyo valor anualizado no exceda el importe de 28 Unidades Impositivas Tributarias, percibirán un reajuste en sus pensiones ascendente a S/ 29,00.
Así lo ha dispuesto el Decreto Supremo N° 011-2018-EF publicado el 25 de enero de 2018 en el diario oficial El Peruano.
Se ha previsto que en ningún caso, el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, que se define como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año, podrá superar el tope de veintiocho 28 UIT anuales. Asimismo, en caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto.
Además, se ha señalado que el reajuste se aplica a las pensiones que no excedan las 02 UIT vigentes en cada oportunidad.
Ud. puede acceder al decreto supremo aquí o navegar en nuestro archivo Scribd
D.S. 011-2018-EF by La Ley on Scribd