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Compra de inmuebles o vehículos que superen los S/ 12,450 o más ya no podrá hacerse en efectivo

Compra de inmuebles o vehículos que superen los S/ 12,450 o más ya no podrá hacerse en efectivo

Como parte de las modificaciones a la Ley de Bancarización, las operaciones de compra de autos o viviendas superiores a S/ 12,450 ya no podrán ser realizadas en efectivo sino necesariamente mediante un medio pago. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 14 de agosto 2018

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Desde este 21 de agosto se tendrá que usar obligatoriamente los medios de pago del sistema financiero para adquirir un inmueble, vehículo o hacer variaciones en el capital social de una empresa cuando la operación supere los 3 UIT, lo que equivale S/. 12,450, a raíz de los cambios en la Ley de Bancarización, dispuestos en la Ley 30730

De esta manera, quedará prohibido el uso de efectivo, el cual será reemplazado por alguno de estos instrumentos de pago: depósito de cuenta, giros, transferencias de fondo, órdenes de pago, tarjetas de débito, tarjetas de crédito, cheques, remesas y cartas de crédito.

VEA TAMBIÉN: Tres nuevas operaciones deberán ser efectuadas con medios de pago

Como se recuerda, en el mes de enero el Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que modifica los artículos 3, 5 y 7 de la Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, y los artículos 16 y 192 de Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo 1053. Asimismo, la norma también indica que un notario o juez de paz deberán verificar el uso de los medios de pago, e insertar o adjuntar una copia del mismo, haya o no concluido el proceso de firmas.

Una vez que entre en vigencia esta norma, el monto máximo en efectivo que podrá usarse para la constitución o transferencia de inmuebles o vehículos terrestres, aéreos o marítimos, y para la adquisición, aumento y reducción de participación en el capital social de una persona jurídica, será de 3 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) o S/. 12,450 para el valor aprobado de este año.

Si el usuario no acepta estas condiciones, los notarios o registradores no procederán con la inscripción registral. Igual situación es para las empresas o agentes que estén relacionados indirectamente en el negocio de comercio exterior, quienes estarán obligados a proporcionar información a Aduanas cuando se les requiera, bajo pena de multa.

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