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Ministerio de Trabajo otorgará gratuitamente certificado único laboral para jóvenes

Ministerio de Trabajo otorgará gratuitamente certificado único laboral para jóvenes

El Ministerio de Trabajo otorgará a los jóvenes entre 18 y 29 años, en un solo trámite, toda la información relevante a cargo del Estado que sea requerida por los empleadores, a fin de facilitar su inserción en el mercado laboral. Más detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 24 de agosto 2018

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El Certificado Único Laboral para Jóvenes – CERTIJOVEN, es un documento que integra información a cargo del Estado relevante para la contratación laboral, se emite gratuitamente por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para los jóvenes entre 18 y 29 años, a fin de facilitar su inserción en el mercado de trabajo, a nivel nacional.

Así lo ha dispuesto el Decreto Legislativo Nº 1378, que fortalece y extiende la accesibilidad al certificado único laboral para jóvenes, publicado el 24 de agosto de 2018 en el diario oficial El Peruano.

La referida norma señala que el certificado se emite a solicitud del titular de la información o su apoderado. En este constará la información oficial sobre los datos de identidad, antecedentes policiales, penales y judiciales, educación (trayectoria educativa) y experiencia laboral.

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Asimismo, el documento precisa que todas las entidades de la administración pública que posean información requerida para la implementación del CERTIJOVEN, deben ponerla a disposición de manera gratuita y permanente a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado, administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital – SEGDI.

Aunado a ello, la norma establece que dicho documento electrónico podrá ser impreso, validándose su autenticidad a través del mecanismo de verificación inserto en él; así como, mediante el acceso vía web al portal del Servicio Nacional del Empleo del MTPE, www.empleosperu.gob.pe.

Cabe precisar que el decreto legislativo entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su reglamento. Para ello, deberá ser reglamentado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo, con refrendo del MTPE, en un plazo no mayor de 60 días calendario, contados a partir de su publicación.

Ud. puede descargar la norma aquí o leerla en nuestro archivo Scribd:

D. Leg. 1378 by La Ley on Scribd

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