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Crean la Junta Nacional de Justicia que reemplazará al CNM

Crean la Junta Nacional de Justicia que reemplazará al CNM

El pleno del Congreso aprobó el proyecto de reforma constitucional con el que se reemplazará al Consejo Nacional de la Magistratura por la Junta Nacional de Justicia. Conozca quiénes la conformarán y sus atribuciones aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 19 de septiembre 2018

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El proyecto de reforma constitucional enviado por el Ejecutivo para suprimir el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) fue aprobado la noche del martes por unanimidad por el pleno del Congreso.

Con esta aprobación, el CNM será reemplazado por la Junta Nacional de la Justicia, la cual estará integrada por siete miembros titulares, elegidos por meritocracia en un proceso que estará a cargo de una comisión especial.

Dicha comisión especial, además de ser presidida por el Defensor del Pueblo, será conformada por el titular del Poder Judicial, el fiscal de la Nación, el presidente del Tribunal Constitucional, el contralor y dos rectores. Estos últimos, serán elegidos en votación por los rectores de las universidades públicas y privadas licenciadas con más de 50 años de antigüedad.

VEA TAMBIÉN: Ley de Reforma Constitucional: estas son las funciones de la Junta Nacional de Justicia

De esta manera se aprobaron las modificaciones de los artículos 154, 155 y 156 de la Constitución, cuyo texto anterior se refería al ahora desaparecido CNM.

En el artículo 154, se establece que la Junta Nacional de Justicia se encargará del nombramiento, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Además, ratificará, con voto público y motivado, a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años.

Se señala también que la Junta Nacional de la Justicia ejecutará en conjunto con la Academia de la Magistratura, la evaluación parcial del desempeño de los jueces y fiscales de todos los niveles cada tres años y seis meses. Por otro lado, se remarca que los no ratificados o destituidos no podrán reingresar al Poder Judicial y al Ministerio Público.

En otro de los puntos del referido artículo se establece que la Junta Nacional de Justicia aplica “la sanción de destitución a los jueces de la Corte Suprema y fiscales supremos; y, de oficio o a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias”, entre otros cambios.

Asimismo, fue incluida también la propuesta original del Gobierno de otorgar un plazo de 18 meses para que los nuevos miembros de la Junta Nacional de Justicia revisen todos los nombramientos y ratificaciones de magistrados realizados por el CNM.

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