Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

La institucionalidad del Ministerio Público

La institucionalidad del Ministerio Público

La autora sostiene que el Ministerio Público podría trabajar en dos planos concretos: en el fortalecimiento y desarrollo institucional. Asimismo, afirma que hoy más que nunca, se requiere actuar en favor y por el “interés superior del Ministerio Público”.

Por María Elena Guerra- Cerrón

jueves 20 de septiembre 2018

Loading

9294 mgc

Institución e institucionalidad

Una institución es un ente organizado que “[…] supone la agrupación de un conjunto de individuos en torno de una idea directriz que los aglutina. Mauricio Hauriou, la define como “una idea de obra o de empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social”. Su forma consiste en un sistema de equilibrios, de poderes y de consentimientos construidos en torno a la idea.”

La primera institución es el Estado —Estado democrático— y su atributo es la institucionalidad, por la que se distribuyen funciones (poderes), se reconoce autonomía, se establecen pesos y contrapesos, y competencias de los diferentes entes. Si bien, la institucionalidad es una; por extensión cada institución tiene este atributo,  que se manifiesta en un ordenamiento legal propio; en su estructura y organización; y —aunque suele omitirse su fundamentación— en valores, principios, y prácticas, lo que constituye la cultura institucional.

En un Estado, sus instituciones en conjunto deben brindar seguridad, por lo tanto, primero se  debe sentir y percibir seguridad y tranquilidad al interior de las instituciones, ya que de esa manera, recién  se podrá irradiar en la sociedad seguridad y tranquilidad públicas.

La autonomía reconocida no es absoluta, no puede servir para invocarla y para considerarse una “isla”, apartándose de la idea país de todos los peruanos; de lo contrario, ello atentaría contra la institucionalidad del Estado, generando inestabilidad y poniendo en riesgo la sostenibilidad no sólo de la institución, sino del país.

Cuando un magistrado opina respecto a una situación coyuntural, hay quienes señalan que “se está haciendo política”; al parecer se están confundiendo con el “proselitismo político” que es una cosa distinta. Hay que tener presente, que existen maestrías en Política Jurisdiccional precisamente para formar profesionales especializados en la formulación de políticas públicas relacionadas a la organización y reforma de los sistemas de justicia, y muchos magistrados realizan estos estudios. Hacer política jurisdiccional o fiscal es positivo, es reflexionar de manera crítica frente a los problemas que puedan presentarse, y pensar en posibles soluciones.

Formar parte de una institución importa identificación con ella y con la cultura institucional, por lo tanto, cuando nos preocupamos y  cuidamos la imagen institucional, estamos cuidando nuestra propia imagen.

Función Fiscal y Ministerio Público

Desde que apareció en el Perú la figura del Fiscal —en el año 1542— en la Real Audiencia de Lima, han transcurrido 476 años; sin embargo, es en el marco de la Constitución para la República del Perú de 1979, en el que se proclama la fundación de un Estado democrático con  instituciones estables y legítimas; reconociendo así, al Ministerio Público como un órgano autónomo, institución estable y legítima.

La idea a partir de la cual se construye la cultura institucional del Ministerio Público y es compartida por sus miembros, se materializó como plataforma legal, primero en los artículos 250 y 251 de la Constitución de 1979, luego en la vigente Constitución Política, en la Ley Orgánica del Ministerio Público, y diferentes disposiciones internas.

A ello cabe agregar la plataforma axiológica que se describe con el símbolo o insignia del Ministerio Público con tres normas jurídicas fundamentales del incario ama sua, ama quella y ama llulla: no seas ladrón, no seas ocioso y no seas mentiroso. Igualmente se tienen valores que “son las convicciones que los miembros de la institución tienen y que orientan su conducta y toma de decisiones en el día a día”, tales como la lealtad que se describe como el  comportamiento de respeto y fidelidad a los propios principios morales, a los compromisos establecidos, hacia alguna institución o hacia alguna persona;  y probidad, que es el actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general, desechando todo provecho ilícito o ventaja personal inapropiada. Esta cultura institucional del Ministerio Público es su mayor fortaleza.

Una matriz FODA distrital y nacional

La institucionalidad puede garantizarse y a la vez desarrollarse, por eso consideramos que el Ministerio Público —hoy más que nunca— podría trabajar en dos planos concretos: en el fortalecimiento institucional y en el desarrollo institucional, dos planos que no son excluyentes.

  • En cuanto al fortalecimiento institucional, la base es el contenido de su misión: “[…] trabajamos por una justicia transparente, moderna y efectiva para alcanzar una sociedad pacífica con inclusión social e igualdad de oportunidades.”

 

  • El desarrollo institucional lo podemos relacionar con la visión institucional: “Prevenir y perseguir el delito, defender la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos tutelados por la ley; representar a la sociedad, al menor de edad y a la familia en juicio; velar por la recta y efectiva administración de justicia.”

El fortalecimiento depende de nosotros mismos, y se logrará con la firmeza de nuestras actuaciones y con los resultados que deberán ser eficientes. El desarrollo institucional es más complejo porque- internamente se requiere innovación, cambio de costumbres y prácticas, de nuevos canales de comunicación, e incluso de   transformación de estructuras; y externamente se requiere de confianza, credibilidad y de coordinación interinstitucional.

 

Recordando la matriz FODA que sirve para analizar o estudiar una situación para lo cual se identifican los factores o elementos positivos que se pueden explotar y aprovechar, pero también se determinan cuáles son los factores negativos que deberían reducirse o eliminarse, porque obstaculizan el logro de nuestros objetivos. Entre los elementos negativos, hoy nuestra gran debilidad es el descrédito de la función fiscal, el que precisamente ha sido generado por algunos fiscales. En cuanto a amenazas, la principal es la percepción y el sentir de la población que hoy desconfía de la actuación fiscal, y que incluso pide “que se vayan todos”; porque sólo nos ubica en dos grupos: uno a favor de un Fiscal Supremo y otro grupo en contra; con lo que se deduce que se trata de un grupo que favorecería a la lucha contra la corrupción, y otro que quiere ocultarla. Esta es la peor amenaza porque se parte de una visión errada de la realidad, ya que los Fiscales lo único que queremos es que se castigue a los que han cometido actos ilícitos.

Con nuestras fortalezas, tratemos de superar las debilidades y las amenazas, veamos la gran oportunidad de salir de esta situación. Pidamos disculpas públicas a la ciudadanía, la única forma de enmendar errores es asumiéndolos con responsabilidad, y hay que repetir de manera permanente nuestro compromiso de trabajo, y demostrarlo a través nuestras conductas.

La idea es que cada Distrito Fiscal —partiendo de su realidad social y geográfica—, elabore su propio FODA con la participación plural de fiscales, profesional forense e incluso de los propios trabajadores, e incluso de la sociedad civil.  Del análisis interno y externo se podría desarrollar un plan de acción de emergencia: con la plataforma legal institucional interna que correspondería a cada Junta de Fiscales Superiores de acuerdo a sus necesidades inmediatas, y es indispensable una plataforma ética —esto no lo podemos descuidar—. La reunión de los FODAS podría convertirse en el gran proyecto fiscal nacional, para salir de la situación en la cual nos encontramos.

Una vez lo señalamos, cada uno sabe el rol que tiene en el Ministerio Público, y hoy más que nunca, se requiere actuar no en favor de nuestros propios intereses, o en favor de un grupo determinado, sino en favor y por el “interés superior del Ministerio Público”. Esta es nuestra idea de institucionalidad, que compartimos.

1OMEBA, Diccionario Jurídico, v.Dr. Lino Rodríguez-Arias Bustamante,  tomo XVI, Insa-Iusn, Driskill, S.A., Buenos Aires, p.111

2Véase, el portal institucional:

(*) María Elena Guerra- Cerrón es Fiscal Superior Civil.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS