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Conozca el procedimiento para publicar un edicto judicial electrónico

Conozca el procedimiento para publicar un edicto judicial electrónico

Estos son los lineamientos que deben tener en cuenta las partes procesales y los órganos jurisdiccionales para la publicación de edictos judiciales electrónicos en el portal web del Poder Judicial.

Por Redacción Laley.pe

martes 16 de octubre 2018

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Imagen:andina.pe

Se han publicado los lineamientos que deben tener en cuenta las partes procesales, dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales para la publicación de edictos judiciales electrónicos en el portal web oficial del Poder Judicial. Ello, a fin de instaurar un procedimiento que coadyuve a brindar un mejor servicio, célere, seguro y de bajo costo, a través del uso de las tecnologías de información y de las comunicaciones.

Así lo establece la Directiva Nº 006-2018-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 242-2018-CE-PJ, publicada el 15 de agosto de 2018 en el diario oficial El Peruano.

La directiva dispone que los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, en donde se encuentre implementado el Servicio de Edicto Judicial Electrónico, deberán aplicar esta, a través del uso del Sistema Integrado Judicial (SIJ) y del Módulo Web desarrollado para tal fin.

Asimismo, especifica que, en la resolución judicial que dispone una notificación mediante edicto judicial electrónico, se precisa si se trata de una publicación gratuita o pagada; señalándose, en el segundo supuesto, la parte o partes procesales a cargo del respectivo pago.

A su vez, la referida resolución aprobó el documento normativo denominado «Procedimiento de publicación de edictos judiciales electrónicos en el portal web del Poder Judicial». El alcance de este comprende desde la emisión de la resolución que dispone la publicación el edicto, hasta la generación de la constancia de su publicación web emitida por el aplicativo informático «Servicio de Edicto Judicial Electrónico».

Dicho documento, establece, entre otros aspectos, las responsabilidades de las partes intervinientes. Así, los usuarios deben pagar el arancel judicial por concepto de publicación del edicto judicial electrónico, de acuerdo a la instancia donde se encuentra en giro su proceso judicial. Además, presentar mediante escrito el arancel judicial correspondiente, bajo responsabilidad de no continuar con el trámite de publicación si el monto es menor conforme a lo establecido en el Cuadro de valores de aranceles judiciales. 

Ud. puede descargar la resolución aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

RA_242_2018_CE_PJ by La Ley on Scribd

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