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Implementarán medidas urgentes de protección para pueblos indígenas en aislamiento

Implementarán medidas urgentes de protección para pueblos indígenas en aislamiento

Se ha creado un grupo de trabajo que se encargará de proponer al titular del Ministerio de Cultura medidas urgentes de protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto. Aquí los detalles.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 24 de octubre 2018

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Se ha creado un grupo de trabajo, de naturaleza temporal, que se encargará de proponer al titular del Ministerio de Cultura medidas urgentes de protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto (PIACI). Todo ello en el marco de lo dispuesto por del Régimen Especial Transectorial establecido mediante la Ley N° 28736.

El referido grupo de trabajo estará integrado por: el director de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial del Ministerio de Cultura, quien lo presidirá; un representante por cada uno de los siguientes ministerios: Salud, Ambiente, Agricultura y Riego, Energía y Minas, Interior, Transportes y Comunicaciones, Defensa y Relaciones Exteriores.

También lo integrará un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), un representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), un representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) y un representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP).

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Así lo ha establecido la Resolución Ministerial N° 432-2018-MC, publicada el miércoles 24 de octubre de 2018 en el diario oficial El Peruano.

La norma establece que son funciones del referido grupo de trabajo proponer y promover medidas articuladas, mecanismos y normas para la protección de los derechos de los PIACI que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentren comprendidas en reservas indígenas y territoriales. Asimismo, deberán elaborar un plan de trabajo, así como, reportes trimestrales sobre el avance del cumplimiento del objeto del grupo de trabajo; y otras funciones orientadas al cumplimiento de su objeto.

Este grupo de trabajo tendrá una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de su instalación, para la presentación de las propuestas de medidas de protección de los derechos de los PIACI que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentran comprendidas en reservas indígenas y territoriales.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

RM 432-2018-MC by La Ley on Scribd

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