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Crónica sobre el adelanto de elecciones: estas son las fórmulas legales de todos los proyectos presentados (qué plantean y porqué)

Crónica sobre el adelanto de elecciones: estas son las fórmulas legales de todos los proyectos presentados (qué plantean y porqué)

Por Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional

miércoles 1 de febrero 2023

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¿Habrá o no adelanto de elecciones? En diciembre del 2022 este medio compiló todos los proyectos de ley que planteaban el adelanto de elecciones, sin embargo, estos proyectos no han prosperado y no se tiene una fecha exacta para el adelanto de elecciones. Así, en medio de la crisis política este tema se aborda como eje central en la agenda política, tras el creciente descontento de la población sobre las autoridades de nuestro país. 

La crisis continúa, las paralizaciones y bloqueos; en total se ha provocado la muerte de 59 personas según el último informe de la Defensoría del Pueblo, muchos heridos entre civiles y personal policial, así como las millonarias pérdidas en productos. En medio del caos, el adelanto de elecciones asoma como una posible salida a la crisis ; sin embargo, el Congreso no logra generar consensos respecto a la fórmula idónea para llevarla a cabo.

Los vaivenes de los proyectos de ley

Los proyectos de Ley 1897, 1914, 3145, 3755 y 3758 (acumulados) fueron aprobados en primera votación con 91 votos, el pasado 20 de diciembre de 2022. Aquel texto sustitorio fue aprobado en primera votación y establecía que las elecciones se llevarían a cabo en abril de 2024, tras el rechazo a la primera propuesta de elecciones en diciembre del 2023.

Sin embargo, el presidente de la Comisión de Constitución, Hernando Guerra García, presentó un pedido de reconsideración a la votación de dichos proyectos de ley. Al respecto, se presentó una cuestión de orden que propuso declarar improcedente el pedido de reconsideración formulado, así como una cuestión previa para que el proyecto retorne a la Comisión de Constitución, las cuales no prosperaron.

La reconsideración fue aprobada y se sometió a debate el nuevo texto sustitutorio que planteó elecciones generales para octubre del 2023, que las nuevas autoridades asuman el 01 de enero de 2024 y su periodo culmine en julio de 2029, es decir un periodo de poco más de 5 años y medio.

Este texto sustitorio no se aprobó al haberse alcanzado únicamente 45 votos a favor y se presentó una nueva reconsideración la cual se programó para la sesión del lunes 30 de enero.

En la sesión del 30 de enero, el Pleno debatió y aprobó con 66 votos a favor la reconsideración presentada por el congresista Arturo Alegría respecto al proyecto de ley 1897 y otros. Luego de ello se concedió un cuarto intermedio para consensuar un texto sustitutorio de los referidos proyectos, someterlos a debate y votación, sin embargo, esto resulto infructífero, pues la sesión nunca se reanudo y fue reprogramada para el día siguiente, donde nuevamente sin siquiera sesionar y sin ningún consenso visible, se volvió a reprogramar el Pleno.

En este ínterin, el presidente del Congreso publicó el Decreto de Presidencia N° 002-2022-2023-P/CR que dispuso la ampliación de la presente legislatura hasta el 10 de febrero de 2023. 

Las diferentes fórmulas para el adelanto de elecciones

Hemos identificado 3 temas en los que habría que generar consenso para arribar a una fórmula de adelanto de elecciones idónea: 

a. Los cargos a ser sometidos a elecciones: Este punto, tal vez el menos problemático de los 3, tiene como común denominador de las propuestas las elecciones presidenciales. Sin embargo, algún sector de donde destaca el congresista Montoya, ha señalado que las elecciones deberían ser únicamente presidenciales y el Congreso debería cumplir su periodo hasta 2026. Asimismo, otras propuestas también han incluido al Parlamento Andino en este adelanto de elecciones. Finalmente, se ha propuesto que también se recorte el mandato de gobernadores y vicegobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores, provinciales y distritales, quienes recordemos acaban de asumir sus cargos el pasado 01 de enero (PL 04101/2022-CR y 04102/2022-CR).

 

b. La fecha de las elecciones: Por el contrario, este tema tal vez es el que más debate ha generado. Se han manejado diversas fechas para llevar a cabo este adelanto de elecciones (en primera vuelta) desde abril del 2023 (PL 03784/2022-CR y 03803/2022-CR), mayo del 2023 (PL 03809/2022-CR), octubre del 2023 (PL 04058/2022-CR, 04072/2022-CR y 04077/2022-CR), diciembre del 2023 (03819/2022-CR), hasta abril del 2024 (PL 04101/2022-CR).

 

c. El periodo del mandato: Esto va de la mano con la fecha en que se lleven a cabo las elecciones. Al respecto, en los diversos proyectos se han propuesto 3 fechas tanto para el inicio (01 de enero de 2023, 01 de abril de 2023 y 28 de julio de 2023) como término del mandato de las nuevas autoridades: en julio de 2026, es decir, como un periodo complementario (PL 04102/2022-CR), en julio de 2028 (PL 04077/2022-CR) y en julio de 2029 (PL 04081/2022-CR).

 

También hay dos elementos a analizar: la primera interrogante plantea que si las elecciones son complementarias para el 2026, ¿los congresistas actuales podrían postular? La segunda cuestión propone si el adelanto de elecciones debería incluir o no una asamblea constituyente. Aquí la situación se torna compleja, pues en el último borrador han denominado a la asamblea constituyente como “una consulta no vinculante”.

Sin duda, como puede advertirse, existen distintas posibilidades y combinaciones de fórmulas legislativas para el adelanto de elecciones, tal es así, que en el presente periodo parlamentario se han presentado más de 20 proyectos de ley al respecto. Es más, muchos de estos proyectos se encuentran contienen propuestas de referéndum para la convocatoria a asamblea constituyente o para darle facultades constituyentes al Congreso electo.

El mensaje a la nación de Dina Boluarte

El pasado domingo 29 de enero, la presidenta de la República, Dina Boluarte, se dirigió al país y exhortó al Congreso a aprobar el delante de elecciones a la brevedad y señaló que de no lograrse un consenso en el Parlamento se presentarían dos iniciativas legislativas con carácter de urgencia sobre el adelanto de elecciones. Es necesario tener en cuenta lo anunciado en aquel mensaje a la Nación: 

  • La primera referida al adelanto de elecciones para octubre del 2023, y de ser el caso la segunda vuelta en diciembre del mismo año.
  • La segunda iniciativa estaría referida a que se le encargue al próximo Congreso por medio de su Comisión de Constitución, la reforma total de la Constitución de 1993.  

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