Se ha autorizado a los jefes de las zonas registrales del país para que, mediante resolución jefatural, dispongan, a partir del 10 de diciembre de 2018, la ampliación de los servicios registrales en el horario de “Atención Nocturna” para la presentación de título, pago de liquidación de título y reingreso de título por subsanación en las oficinas registrales bajo su competencia, conforme a la previa evaluación de sus necesidades y recursos.
Así lo establece la Resolución N° 305-2018-SUNARP/SN, publicada el miércoles 28 de noviembre de 2018 en el diario oficial El Peruano.
Asimismo, la norma enumera los siguientes lineamientos para la implementación y gestión de los servicios registrales durante el horario de “Atención Nocturna”:
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a) Los jefes zonales, en el marco de sus competencias, deben ejecutar todas las acciones necesarias a fin de que los servicios registrales brindados no afecten el normal funcionamiento de las oficinas registrales a su cargo, máxime, tratándose de la ampliación del horario del Diario.
b) El trámite entre “Oficina Receptora y Oficina de Destino” no se encuentra comprendido en la extensión del horario. Los jefes zonales adoptarán las medidas administrativas que aseguren el cumplimiento de esta restricción operativa.
c) Los jefes zonales comunicarán a la Dirección Técnica Registral y a la Oficina General de Tecnologías de la Información la decisión de habilitar los servicios registrales para la presentación de título, pago de liquidación de título y reingreso de título por subsanación, con una anticipación no menor de cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha del inicio.
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