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Declaran en emergencia ambiental la zona afectada por rotura de desagüe en San Juan de Lurigancho

Declaran en emergencia ambiental la zona afectada por rotura de desagüe en San Juan de Lurigancho

[Resolución Ministerial N° 008-2019-MINAM] Se ha declarado en emergencia ambiental, por 45 días, la zona afectada por la rotura del colector de desagüe en San Juan de Lurigancho. Plan de acción estará bajo la coordinación de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Por Redacción Laley.pe

martes 15 de enero 2019

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Se ha declarado, por 45 días hábiles, en emergencia ambiental la zona afectada por la rotura del colector primario de desagüe ubicado en el cruce de la Av. Tusílagos con la Av. Próceres de la Independencia, ubicada en la urbanización Las Violetas, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima.

Asimismo, se aprueba el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental en dicha área geográfica. Se establece que la ejecución de dicho plan estará a cargo de las entidades públicas involucradas con su cumplimiento, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Así lo establece la Resolución Ministerial N° 008-2019-MINAM, publicada el martes 15 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano.

VEA TAMBIÉN: [D.S. 002-2019-MIMP] Conozca el Reglamento que promueve los derechos de las personas de talla baja

Como se recuerda, el 13 de enero de 2019, a las 04:00 a.m., se produjo la rotura de un colector primario de desagüe en el distrito limeño de San Juan de Lurigancho, lo cual ocasionó un aniego con aguas servidas que viene afectando a cuatro manzanas. 

Ante situaciones como estas, las autoridades deben aplicar la normativa sobre declaratoria de emergencia ambiental, Ley N° 28804 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 024-2008-PCM, los cuales regulan el procedimiento para la declaratoria de emergencia ambiental y su implementación.

De esta manera, el objetivo de la Declaratoria de Emergencia Ambiental es garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población.

Sobre el particular, en el Informe N° 00011-2019-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente precisó que, en este caso, la descarga de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario «contiene concentraciones elevadas de sustancias contaminantes o tóxicas que implican una afectación grave a la salud de la población, a lo cual se suma la ausencia de instrumentos de gestión ambiental efectivos que permitan hacer frente al siniestro ocurrido».

Asimismo, en dicho informe se refirió que «las aguas residuales vertidas en la zona del siniestro provienen de aguas residuales domésticas e industriales de diversos tipos, los cuales al mezclarse contienen materias orgánicas, compuestos de nitrógeno y fósforo, patógenos, aceites y grasas, metales pesados y otros productos químicos tóxicos, representando un riesgo para la salud de las personas».

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

R.M.008-2019-MINAM by on Scribd

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