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Estos son los valores de los Aranceles Judiciales para el año 2019

Estos son los valores de los Aranceles Judiciales para el año 2019

Se han modificado el costo de las tasas que se deberán pagar para presentar demandas, recursos y otros escritos judiciales. Además, se ha agregado un nuevo arancel. Conoce todos los detalles y descarga aquí el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2019.

Por Redacción Laley.pe

lunes 28 de enero 2019

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Se ha aprobado el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2019. De esta manera se ha actualizado el valor de las diferentes tasas judiciales que deberán abonar los ciudadanos, a través de sus abogados, al momento de presentar demandas, recursos, medidas cautelares, entre otros escritos, ante los diferentes despachos judiciales del país.

Dichos aranceles deben cancelarse en el Banco de la Nación o entidades financieras designadas por convenio, a través de sus agencias, agentes y/o plataformas financieras autorizadas, asumiendo el usuario la responsabilidad por la presentación de aranceles judiciales falsificados.

Así lo establece la Resolución Administrativa Nº 030-2019-CE-PJ, publicada el sábado 26 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. Esta norma también actualizó en S/ 420.00 el valor de la Unidad de Referencia Procesal para el 2019 (ver nuestra nota aquí).

Así, se establece que la tasa judicial será de S/ 42.00 en los casos de ofrecimiento de pruebas para presentar demandas en procesos contenciosos, cuando el valor de la pretensión sea hasta 100 URP o de cuantía indeterminable. Si el valor de la pretensión es de 100 a 250 URP, el arancel ascedenderá a S/ 63.00. 

VEA TAMBIÉN: Fijan en S/ 420.00 el valor de la Unidad de Referencia Procesal para el 2019

Igualmente, el arancel para presentar recurso de casación o nulidad ahora asciende a S/ 672.00 cuando el valor de la pretensión sea hasta 100 URP. Este monto asciende a S/ 5,460.00 cuando la pretensión sea mayor de 3,000 URP.

En el caso de los remates judiciales, el arancel judicial será de S/ 420.00 si la cuantía es de hasta 100 URP o indeterminada. Mientras que si la cuantía es de más de 3,500 URP, el arancel ascenderá s S/ 6,930.00.

Igualmente, el arancel por expedición de copias certificadas en todo tipo de procesos será de S/. 4.20 por cada folio.

Además de actualizar el valor de las diferentes tasas judiciales, se destaca en la norma la inclusión de un nuevo arancel: el costo por concepto de publicación de edicto judicial electrónico (S/ 32.00), el cual reemplaza a los costos establecidos en la Directiva Nº 006-2018-CE-PJ “Normas para Regular la Publicación de Edictos Judiciales Electrónicos en el Portal Web Oficial del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 242-2018-CE-PJ.

Por otro lado, en los asuntos de familia e interés de menores, se reitera que cuando se solicite la ejecución anticipada de la futura decisión final, se estará exonerado del pago del arancel judicial por el concepto de medida cautelar. Y, en caso una solicitud de medida cautelar fuese denegada (inadmisible, improcedente, rechazada o infundada), a solicitud de parte, se devolverá el monto del 50% del arancel judicial, siempre y cuando el solicitante no interponga recurso de apelación.

Igualmente, se dispone que los jueces, al calificar las demandas, deberán advertir obligatoriamente que en estas se haya cuantificado el petitorio. Y, además, se establece que, a solicitud de parte, se devolverá el importe del Arancel Judicial por Nulidad de Acto Procesal siempre y cuando el órgano jurisdiccional declare fundado el acto procesal viciado, con las deducciones de gastos que se generen.

Ud. puede descargar el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2019 aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

Res.Adm.030-2019-CE-PJ by on Scribd

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