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Comisión de Constitución aprobó el primer proyecto de reforma política del Ejecutivo

Comisión de Constitución aprobó el primer proyecto de reforma política del Ejecutivo

Proyecto modificaría dos artículos de la Constitución (34 y 39). Con ello, no podrían postular a cargos de elección popular ni ejercer función pública en cargo de confianza quienes tengan condena de primera instancia por delito doloso.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 12 de junio 2019

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Este martes, la Comisión de Constitución del Congreso, por mayoría, aprobó con algunas modificaciones el primer proyecto de reforma política presentado por el Poder Ejecutivo y que fuera objeto de la reciente cuestión de confianza. Esta iniciativa modificaría los artículos 34 y 39 de la Constitución respecto a los impedimentos para postular a cargos de elección popular y ejercer función pública en cargo de confianza.

De esta manera, el texto aprobado por dicho grupo de trabajo del Parlamento propone que se modifique el artículo 34 de la Constitución a fin de señalar que no podrán postular «a cargos de elección popular quienes cuenta con una sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso, de acuerdo con los términos establecidos en la ley». 

El texto original del proyecto presentado por el Ejecutivo era el siguiente: «Tampoco pueden postular las personas que cuenten con sentencia condenatoria en primera instancia por delitos dolosos cuya pena sea mayor a cuatro años».

Asimismo, en lo que respecta al artículo 39, la Comisión de Constitución aprobó el siguiente texto: «Están impedidos de ejercer la función pública, mediante designación en cargo de confianza, los condenados por delito doloso en primera instancia, de acuerdo con los términos establecidos en la ley». 

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Ambos cambios constitucionales fueron votados de forma separada y recibieron el respaldo de 13 legisladores, tres negativas y una abstención.

Antes de las votaciones, en la sesión se presentaron tanto el premier Salvador Del Solar como el ministro de Justicia, Vicente Zeballos.

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