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Nombran a Bersabeth Revilla Corrales como nueva fiscal suprema provisional transitoria

Nombran a Bersabeth Revilla Corrales como nueva fiscal suprema provisional transitoria

Se ha designado a Bersabeth Revilla Corrales como fiscal suprema provisional transitoria de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Igualmente, se ha designado a Alcides Chinchay Castillo, Fiscal Adjunto Supremo Titular, en dicho despacho. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

lunes 15 de julio 2019

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Se ha nombrado a Bersabeth Felicitas Revilla Corrales como Fiscal Suprema Provisional Transitoria, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera. 

A la par de dicho nombramiento, se dio por concluida su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal.

Así lo dispone la Resolución Nº 1733-2019-MP-FN, publicada el lunes 15 de julio de 2019 en el diario oficial El Peruano.

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Igualmente, se ha designado a Alcides Mario Chinchay Castillo, Fiscal Adjunto Supremo Titular, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Del mismo modo, se ha designado a Gianina Rosa Tapia Vivas, Fiscal Adjunta Suprema Titular, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal.

Previamente a ello, se ha dado por concluida la designación de Chinchay Castillo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, así como la designación de Tapia Vivas en el Despacho de la Fiscalía Suprema Civil.

Como se recuerda, mediante la Resolución Nº 4710-2017-MP-FN, de diciembre de 2017, se resolvió, entre otros, la conversión de la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo en la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, la cual entró en vigencia 22 de agosto de 2018.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Res.1733-2019-MP-FN by on Scribd

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