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Poder Judicial dictó primera sentencia de prisión efectiva por acoso sexual

Poder Judicial dictó primera sentencia de prisión efectiva por acoso sexual

El 11° Juzgado Penal Unipersonal de la Corte de Justicia de Lima Norte expidió la primera sentencia efectiva por acoso sexual en nuestro país. Condenado es un sujeto de 20 años que amenazó de muerte de forma constante a una escolar de 16 años.

Por Redacción Laley.pe

lunes 16 de septiembre 2019

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El Décimo Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte de Lima Norte sentenció a Alex Manuel Álvarez Silvera (20) a cuatro años y ocho meses de prisión efectiva por el delito de acoso sexual contra una menor de edad. Esta es la primera sentencia que ordena cárcel por el mencionado delito en el Perú, luego de que fuera incorporado en el Código Penal en setiembre del 2018 a través del Decreto Legislativo N° 1410.

El fallo lo dictó la jueza Inés Barrón Rodríguez, quien declaró culpable al imputado por el delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual – sub tipo de acoso sexual. La magistrada también ordenó pagar S/ 5 000 por reparación civil a favor de la agraviada, una escolar de 16 años. 

De acuerdo a la denuncia de la agraviada, en setiembre del año pasado, el sujeto de 20 años la persiguió, hostigó y asedió, incluso en su centro de estudios, para obligarla a retomar una relación que tuvieron un año anterior. La menor relató que la amenazó con atentar contra ella y su madre, a su vez, difundir una foto íntima tomada sin su consentimiento.

La jueza detalló que en el caso concurrieron dos agravantes específicas del tipo penal, la primera: el acusado y la víctima mantuvieron una relación de pareja, a pesar de que era menor de edad. Segundo: el agresor amenazó de muerte en forma repetitiva. En sus amenazas el imputado señaló que «así sería el asesino que tanto quería ser».

“Todos verán tu foto. La imprimiré, la botaré en tu colegio. Hasta que mueras no pararé. Tú sí mereces morir, ja ja ja ja. Mañana te rompo la luna, tu celular, tus lentes y tu cara te la cortaré. Vas a ver que el diablo tiene nombre y se llama Álex. El diablo soy yo”. Este era un mensaje que el imputado escribió a la menor.

«En estos tipos de delitos se debe emitir una sanción drástica a fin de crear una conciencia social de cambio y con ello lograr evitar daños irreparables más adelante», manifestó la jueza Inés Barrón.

 

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De acuerdo a la madre de la menor, en un principio la Policía Nacional se negó a recibir la denuncia a pesar de mostrar pruebas contundentes. El caso se tramitó cuando la familia se contactó con medio de comunicación. 

«La señora indicó textualmente que no le reciben la denuncia en la comisaría de Comas. No puede ser que una denuncia, para ser aceptada, primero tenga que ir con la prensa. Algo está fallando y tenemos que ser conscientes de ello», manifestó la magistrada durante la audiencia.

El sentenciado no estuvo presente durante la audiencia de lectura de sentencia, en donde también se decidió que el fallo se ejecute de forma anticipada. La finalidad era que Álvarez Silvera ingrese a una prisión mientras se resuelva la apelación en segunda instancia.

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