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Se han elevado los topes de ingresos de los trabajadores independientes (rentas de 4ta categoría) exonerados de pagar impuesto a la renta del ejercicio 2020. Esto debido al aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la cual pasó de S/ 4,200 en el 2019 a S/ 4,300 para este nuevo año.
Por ello, los trabajadores independientes que ganen en el 2020 hasta S/ 37,625 durante el año o S/ 3,135 al mes no pagarán el impuesto a la renta (en el 2019 el tope fue de S/ 36,750 al año o S/ 3,062 al mes).
Así lo ha establecido la Resolución N° 280-2019/SUNAT, publicada el miércoles 1 de enero de 2020 en el diario oficial El Peruano, que dispuso la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2020.
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Cabe señalar que si un trabajador independiente en un determinado mes del 2020 gana más de S/ 3,135, pero en el año proyecta una ganancia menor a S/ 37,625, también quedará libre del pago del impuesto a la renta. No obstante, deberá solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones por el pago a cuenta de dicho tributo.
¿Y en el caso de los trabajadores dependientes?
En el caso de los trabajadores dependientes (quinta categoría), se les exonerará del pago del impuesto a la renta siempre que perciban ingresos anuales hasta por 7 UIT.
Esto quiere decir que los trabajadores en planilla que ganen hasta S/ 30,100 anuales o S/ 2,150 mensuales (considerando 14 remuneraciones al año), no deberán pagar impuesto a la renta por el ejercicio 2020.
Ud. puede descargar esta resolución aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:
Resolución N° 280-2019/SUNAT by La Ley on Scribd