Domingo 28 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Gaceta Penal 127: Análisis integral de la tutela penal del trabajador

Gaceta Penal 127: Análisis integral de la tutela penal del trabajador

La revista ‘Gaceta Penal & Procesal Penal’ inicia el año con la edición N° 127, en la cual se analiza la tutela penal de los trabajadores. En este número, se han incluido interesantes artículos escritos por David Rosales Artica, Iván Campos De la Rosa, Patricia Gallo, entre otros.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 22 de enero 2020

Loading

[Img #26677]

La sección especial constituye un espacio de exposición y debate de ideas que surgen a propósito de la reforma del artículo 168-A del Código Penal, referido a la seguridad y salud de los trabajadores. Así, cuatro connotados autores desarrollan diversos aspectos problemáticos sobre los nuevos alcances del reformado tipo penal.

Litigio penal

En la sección de aplicación del Código Procesal Penal de 2004, se incluye una entrevista realizada al doctor Giammpol Taboada Pilco, quien responde a diversas interrogantes sobre el control de la legalidad de la detención efectuada por la PNP, las funciones que deben desempeñar los jueces y fiscales sobre ello, así como los mecanismos de garantía que tiene cualquier ciudadano ante una detención ilegal.

Como jurisprudencia relevante, se pone a disposición de nuestros suscriptores los aspectos más relevantes del aforamiento en el proceso penal desarrollado en la Casación N° 1444-2017-Madre de Dios, la cual refiere que dicho instituto consiste en una alteración de la regla general de atribución de la competencia objetiva en atención a la cualidad del sujeto procesado.

El delito de “financiamiento prohibido de organizaciones políticas” como “delito contra la participación democrática”

En la sección de Derecho Penal, Elky Villegas Paiva aborda los alcances del principio de confianza como criterio de imputación objetiva en diversos supuestos, tales como la determinación de imputación penal en las relaciones horizontales y verticales, así como sus límites con el deber de vigilancia del superior jerárquico para determinar su responsabilidad penal por hechos cometidos por sus subordinados, entre otros aspectos.

Por otro lado, Erick Edson Chambilla Gonzales estudia los principales problemas interpretativos sobre los elementos descriptivos y normativos del delito de agresiones contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, sugiriendo que se considere como  sujeto activo de este delito a cualquier persona (hombre o mujer), pues la redacción del tipo penal no otorga cualidad especial al sujeto activo. Así, concluye ubicando este delito como uno común, el cual no requiere reunir una específica cualificación en el agente para ser autor del delito.

También se destaca el trabajo de David Rosales Artica, quien analiza la incorporación del delito de financiamiento prohibido de organización política en nuestro Código Penal desde dos perspectivas: su justificación político-criminal y sus características típicas, a fin de establecer las pautas para su interpretación y eventual aplicación.

Regulación del decomiso penal en la legislación peruana

En la sección de Derecho Procesal Penal, resalta el artículo de Juan Antonio Rosas Castañeda, que abarca el estudio del decomiso penal en la legislación peruana. Al respecto, sostiene que el fundamento del decomiso estriba en la peligrosidad de los bienes jurídicos, para luego concluir que esta no es una pena, sino una consecuencia accesoria, específicamente una medida restauradora o de corrección patrimonial distinta de la pena o, como ha sido denominada por la doctrina, una tercera clase de sanción penal.

Asimismo, Renzo Arnaldo Salcedo Atiquipa analiza críticamente el tratamiento que ha recibido la figura de la vigilancia electrónica personal en el Acuerdo Plenario N° 2-2019/CIJ-116.

Jurisprudencia relevante

En la línea jurisprudencial, se destacan las siguientes sentencias:

  • La Casación N° 1624-2018-Junín estipula que el delito de favorecimiento o facilitación de la prostitución no requiere que la víctima sea constreñida o presionada para el ejercicio de la prostitución.
  • La Casación N° 282-2018-Lambayeque, respecto al delito de peculado, señala que debe acreditarse el empleo o apropiación de los caudales o efectos públicos individualizados que se imputan al servidor o funcionario público.
  • La Casación N° 956-2016-Áncash, mediante la cual la Corte Suprema establece que la configuración del delito de usurpación de funciones por ejercicio de cargo diferente del que se tiene requiere que el agente realice un acto funcional legítimo, pero sin competencia para ello.
  • La Rev. de Sent. NCPP N° 313-2016-Cañete señala que la declaración jurada notarial presentada en vía de revisión de sentencia no constituye prueba idónea para acreditar la inocencia del condenado.

Si usted es suscriptor, puede acceder al texto completo de la revista mediante la zona exclusiva del suscriptor; y en caso no fuera, puede revisar el sumario del número 127 (enero de 2020) de Gaceta Penal & Procesal Penal aquí y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:

Sumario de Gaceta Penal 127 by La Ley on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS