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Actualidad Jurídica 315:  Las asociaciones público-privadas y los gastos deducibles del impuesto a la renta

Actualidad Jurídica 315: Las asociaciones público-privadas y los gastos deducibles del impuesto a la renta

La edición de febrero de ‘Actualidad Jurídica’ presenta dos completos informes especiales en materia administrativa y tributaria. El primero trata sobre asociaciones público-privadas y el segundo sobre los gastos deducibles del impuesto a la renta empresarial.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 4 de marzo 2020

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Siendo las asociaciones público-privadas una modalidad de participación de la inversión en las que se incorporan la experiencia, el conocimiento, los equipos, la tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios; en la edición de febrero, se presenta un completo informe sobre el desarrollo de su régimen, ya que esta institución es importante para el desarrollo de grandes proyectos de inversión.

Por otro lado, al estar próximos para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio de 2019, en el especial de este número, se presentan los aspectos más importantes en torno a la deducibilidad de los gastos dirigidos al personal dependiente de la empresa (aguinaldos y gastos recreativos), así como los gastos vinculados a proveedores y clientes de las empresas (gastos de representación) y gastos por pérdidas extraordinarias (por caso fortuito o fuerza mayor y por delitos cometidos por el personal dependiente y terceros).

Secciones de derecho aplicado

Como el Tribunal Constitucional, en la decisión recaída en el Expediente Nº 1238-2004-AA/TC, desarrolla el tema de los límites del pacto de intereses dentro de la realidad económica peruana, sobre todo en el campo de las relaciones de crédito bancario. Este fallo es analizado en un artículo en el que su autor considera que, con una moneda con tipo de cambio estable y devaluación reptante, cobrar altas tasas por los créditos otorgados (e inversamente bajas tasas por los depósitos) no resulta adecuado ni coherente.

De otro lado, el  Decreto de Urgencia Nº 019-2020 que incorporó la modalidad de delito de lesión grave por la condición funcional de la víctima, relacionada al transporte y/o tránsito terrestre, así como el delito de producción de peligro en el servicio público de transporte de pasajeros, es analizado en la sección penal y procesal penal, en la cual se evidencian los defectos y vacíos que ponen en cuestión la operatividad de las normas punitivas a los efectos preventivos y protectores que postula.

Asimismo, en la sección laboral, el principal problema que se presentan en los procesos de alimentos es la determinación de cuáles de los ingresos del obligado a asumir la pensión alimenticia pueden ser afectados (remunerativos o no remunerativos) y finalmente qué porcentaje de los mismos pueden ser embargados.

Por otro lado, se realiza un análisis respecto a la incorporación de la condición de eximente de responsabilidad a la subsanación voluntaria del administrado por la comisión de un acto que se valore como infracción. En el artículo administrativo, se precisa que es relevante otorgar una oportunidad al administrado que incurrió en un hecho infractor para rectificar su conducta y revertir los efectos negativos que esta acción u omisión hubiese podido generar, permitiendo reducir la carga procesal con la cual cuentan las entidades públicas.

En este número, también se podrá encontrar los siguientes modelos: 1) demanda de tercería de propiedad, 2) queja ante la Defensoría del Pueblo, 3) contrato de consorcio, 4) hoja de liquidación de distribución de utilidades y 5) recurso de queja tributaria.

Ud. puede revisar el sumario de la edición 315 (febrero de 2020) de Actualidad Jurídica aquí y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:

Sumario – Actualidad Jurídica Nº 315 by La Ley on Scribd

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