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Congreso tendrá seis meses para aprobar normas de reforma electoral

Congreso tendrá seis meses para aprobar normas de reforma electoral

[Ley N° 31010] Se ha modificado la Ley Orgánica de Elecciones. Con ello, el Congreso tendrá seis meses de plazo para que pueda aprobar las normas de reforma político-electoral pendientes.

Por Redacción Laley.pe

viernes 27 de marzo 2020

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Las normas con rango de ley y normas reglamentarias, relacionadas con procesos electorales o de consulta popular, aprobadas por el Congreso complementario 2020-2021, serán de aplicación al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. El plazo para aprobar dichas reformas será de seis (6) meses.

Para las elecciones 2021-2026 no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafo del artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Así lo ha establecido la Ley Nº 31010, publicada el viernes 27 de marzo de 2020 en el diario oficial El Peruano, norma que ha incorporado la Tercera Disposición Transitoria a la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

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Como se recuerda, el segundo párrafo de la Ley Orgánica de Elecciones (que ahora no será aplicable para el periodo 2021-2026, conforme a la ley materia de comentario), establece que todas las normas con rango de ley, relacionadas con procesos electorales o de consulta popular que se publican desde un (1) año antes del día de la elección o de la consulta popular, tienen vigencia el día siguiente de la publicación de la resolución que declara la culminación del proceso correspondien

Igualmente, el tercer párrafo (también inaplicable) señala que todas las normas reglamentarias relacionadas con procesos electorales o de consulta popular que se publican desde su convocatoria, tienen vigencia el día siguiente de la publicación de la resolución que declara la culminación del proceso correspondiente.

La Tercera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones, incorporada por la Ley N° 31010, tiene el siguiente texto:

 

“DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

(…)

Tercera Disposición Transitoria

Para el período referido a las elecciones 2021-2026 no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafo del artículo 4 de la presente ley. En ese sentido, las normas con rango de ley y normas reglamentarias, relacionadas con procesos electorales o de consulta popular, aprobadas por el Congreso complementario 2020-2021, serán de aplicación al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. El plazo para aprobar dichas reformas será de seis (6) meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano”.

 

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

Ley N° 31010 by La Ley on Scribd

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