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Luciano López: »El contenido de la propuesta de Asamblea Constituyente revela una vez más la improvisación del Gobierno»

Luciano López: »El contenido de la propuesta de Asamblea Constituyente revela una vez más la improvisación del Gobierno»

En esta edición de «En Coyuntura», César Azabache entrevista a Luciano López, experto constitucionalista, acerca de sus opiniones sobre la propuesta del Poder Ejecutivo de la Asamblea Constituyente para una nueva Constitución Política. Vea la entrevista completa aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 4 de mayo 2022

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El presidente Pedro Castillo oficialmente al Congreso de la República el proyecto de ley de reforma constitucional para que una Asamblea Constituyente elabore una nueva Constitución.

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En el documento, suscrito por Pedro Castillo y el premier Aníbal Torres, el Gobierno solicita a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, que la propuesta se someta a debate y votación ante el Pleno.

Al respecto, el abogado constitucionalista Luciano López brinda sus críticas y apreciaciones sobre el referido proyecto.

Problemas de lógica

El profesor constitucionalista evidencia un error de lógica y orden en la propuesta planteada por el Poder Ejecutivo.

La propuesta pretende incluir el artículo 207 en la Constitución, a fin de convocar una Asamblea Constituyente y esta pueda elaborar una nueva Constitución. No obstante, el referido artículo se refiere a la ‘’iniciativa de convocatoria a referéndum para la elección de miembros de la Asamblea Constituyente’’.

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López explica que, acorde a un orden lógico secuencial, antes de convocar un referéndum para la elección de miembros de una Asamblea Constituyente, debería realizarse una consulta popular para saber si la población 1) desea proponer una nueva Constitución, y 2) desea que la encargada de ello sea una Asamblea Constituyente.

Por otro lado, López también señala que la fórmula textual de la propuesta es errónea. El referéndum existe en la variante de 1) ser un derecho, y 2) ser parte del proceso de formación de una ley; mas no existe como ‘’iniciativa de convocatoria’’.

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