Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

¿Estamos aplicando de forma correcta las políticas públicas de planeamiento estratégico? El verdadero problema de la gestión de recursos en el Perú

¿Estamos aplicando de forma correcta las políticas públicas de planeamiento estratégico? El verdadero problema de la gestión de recursos en el Perú

El autor advierte una falta de planeamiento estratégico y aplicación de las políticas públicas en el Perú, circunstancia que ha sido enfatizada con la aparición de la COVID-19. Al respecto, señala que esta problemática en la administración pública podría generar la continuidad de gestiones vulnerables, o peor aún, su colapso; todo ello, debido a la ausencia de una adecuada capacitación de los funcionarios respecto al Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional.

Por Juan Carlos González Salinas

viernes 31 de julio 2020

Loading

[Img #27912]

I. INTRODUCCIÓN

Es indiscutible que la pandemia ocasiona por el SARS-CoV-2 ha dejado en evidencia la falta de aplicación de las políticas de planeamiento estratégico por parte de los gestores encargados de la administración púbica en el Perú. Sin embargo, no debe ser ajeno a todos nosotros como ciudadanos conocer cómo se planifican los objetivos públicos en el pais y estructuran las partidas de gasto presupuestario, las cuales se deben ver materializadas en servicios públicos de calidad. En sentido, es menester entender que en el Perú mediante Decreto legistativo Nº 1088, del año 2008, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y su órgano rector, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), los cuales al integrarse forman un artículado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales con la finalidad de coordinar y viabilizar los procedimientos de planeamiento estratégico nacional para incetivar y dirigir el desarrollo económico del país. Por lo tanto, una de las características escenciales del sistema de planeamiento es tener una visión futurista del desarrollo público, entiendase rentabilizar la precausión frente a cualquier eventualidad que el Perú pueda afrontar.

En el Perú, de acuerdo con las políticas de planeamiento contamos con dos procedimientos sustanciales para el cumplimiento de objetivos en el sector público. Por un lado, el Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe estar implementado en todas las entidades que manejen recursos públicos de forma obligatoria, garantizando que se produzca resultados objetivos y medibles. Asimismo, el Plan Operativo Institucional (POI), el cual debemos entender como como el instrumento de gestión que abarca la programación de objetivos a corto plazo, en ambos casos durante la ejecución de los fondos públicos los gestores encargados de la administración pública, tienen la obligación de interpretar y conocer dichas herramientas para una formulación acertada del cuadro de necesidades, el cual de acuerdo con los procedimientos de contrataciones del Estado se verán económicamente proyectados en un Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y  materializados en un plan anual de contrataciones (PAC) que coadyuvará al cumplimiento de los objetivos antes expuestos, de la premisa antes mencionada es importante concluir que nos encontramos en una crisis de planeamiento y programación.

II. CEPLAN Y SINAPLAN

Para hablar de planificación y cumplimiento de objetivos durante la gestión pública, es importante conocer que existe un organismo técnico especializado que ejerce la función de órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Este organismo tiene la responsabilidad de encaminar el proceso de formulación y estado situacional de la visión concertada de país. Asimismo, tiene la obligación de incentivar, definir y agiliazar la propuesta del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional con todos los poderes y entidades  del Estado, los organismos constitucionales autónomos, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las instituciones representativas de la sociedad civil. La visión objetiva orienta las Políticas de Estado, las cuales constituyen el Acuerdo Nacional. En esa misma línea, las Políticas de planeamiento estatal se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, el cual se somete a votación en el Consejo de Ministros para su aprobación. 

Conforme al desarrollo de las políticas de planeamiento y planes estratégicos, El Perú a través del Sistema Nacional de Presupuesto (Decreto Legislativo N° 1440) [1] y del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Decreto Supremo N° 242 – 2018), efectúa la asignación presupuestal y la programación de inversiones bajo el enfoque de Presupuesto por Resultados. En dicha operación la institución encargada del control y verifación de lo antes desarrollado es el  Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que se inclina al logro de resultados a favor de la población, en una perspectiva multianual, y según las necesidaes tipificadas en las políticas y planes estratégicos nacionales, sectoriales, territoriales e institucionales.

III. OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

Los objetivos principales del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico son desarrollar una visión futurista del desarrollo público y económico del país, articular las propuestas de planeamiento y promover e integrar los programas de fortalecimiento de planeamiento estratégico. Asimismo, de acuerdo al artículo 3 de la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico está integrado por: a) el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, como órgano rector del Sistema; b) los órganos del gobierno nacional y, con salvaguarda de su autonomía, de los demás poderes del Estado, de los organismos constitucionales autónomos y de los gobiernos regionales y locales con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; y c) Foro del Acuerdo Nacional [2], este último realizando una actividad de instancia de concertación de la planificación estratégica estatal cuando su intervención es solicitada, por el Presidente del Consejo de Ministros o el Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN

IV. CONCLUSIONES

La pandemia ocasiona por el SARS-CoV-2, nos ha hecho reflexionar sobre la falta de planemiento y proyección de inversión en la gestión pública del Perú. Por lo que, no priorizar la correcta apliación de los sistemas de planeamiento antes expuestos podria generar la continuidad de gestiones vulnerables o el colapso como ejemplo del sistema de salud pública. Finalmente, se deja en maniesto la falta de capacitación de muchos funcionarios públicos en el desarrollo e interpretacion del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional.


[*] Juan Carlos González Salinas es estudios de Doctorado en Derecho y Ciencias Políticas, Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

[1] Álvarez Pedroza, Alejandro y Álvarez Medina, MBA Orlando. Presupuesto público comentado 2020, presupuesto por resultados y presupuesto participativo, Instituto Pacífico, p. 13.

[2] Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS